REGLAMENTO DE ESGRIMA EN SILLA DE RUEDAS DE LA IWF PARA LAS COMPETICIONES

 

ESTE REGLAMENTO ESTA PENDIENTE DE REVISION TECNICA POR EL COMITÉ PARALIMPICO ESPAÑOL

 

LIBRO 1. REGLAS TÉCNICAS

 

Artículo

 


 

 

PARTE 1. REGLAS GENERALES Y REGLAS COMUNES A LAS TRES ARMAS

 

CAPÍTULO 1. APLICACIÓN DE LAS REGLAS

Obligatoriedad de la aplicación de las reglas                     t.1

CAPÍTULO 2. GLOSARIO

Competiciones      

Acometidas y asaltos                                                         t.2

Match                                                                                  t.3

Competición                                                                       t.4

Campeonato                                                                       t.5

Explicación de algunos términos técnicos                 

Tiempo de esgrima                                                             t.6

Acciones ofensivas y defensivas                                        t.7

Acciones ofensivas                                                             t.8

Acciones defensivas                                                           t.9

Punta en línea                                                                  t.10

 

CAPÍTULO 3. LA PISTA                                              t.11-14

 

CAPÍTULO 4. EL EQUIPAMIENTO DE LOS
TIRADORES

Responsabilidad de los tiradores                                     t.15

 

CAPÍTULO 5. LA PRÁCTICA DE LA ESGRIMA

Forma de sujetar el arma                                                 t.16

Posición de en guardia                                                     t.17

Comienzo, finalización y reinicio del asalto                      t.18

Esgrima acercándose mucho un tirador al otro                t.19

Desplazamientos y agachadas                                        t.21

Sustitución y uso de la mano y del brazo no armado t.22-23

Comienzo antes de la orden “Adelante”                           t.24

Levantarse de la silla de ruedas                                 t.25-26

Pérdida del equilibrio                                                        t.27

Daño causado a la silla de ruedas                                   t.28

Interrupción relacionada con la discapacidad                  t.29

Duración del asalto                                                     t.30-32

Accidentes, retirada del tirador                                         t.33

 

CAPÍTULO 6. ARBITRAJE Y RECONOCIMIENTO DE
LOS TOCADOS

El arbitro                                                                           t.34

Los jueces                                                                        t.35

Atribuciones de los árbitros

Juegos Paralímpicos, Campeonatos Mundiales y
 de Zona                                                                           t.36

Competiciones individuales                                              t.37

Competiciones por equipos                                              t.38

Competiciones de la Copa del Mundo                             t.39

Método para valorar los tocados

Materialidad del tocado                                               t.40-41

Validez o prioridad del tocado                                          t.42

Equipamiento reglamentario y comprobación por el
árbitro                                                                          t.43-44

Equipamiento no reglamentario                                       t.45

 

PARTE 2. FLORETE

 

CONVENCIONES DE ESGRIMA

 

FORMA DE HACER UN TOCADO                                  t.46

 

SUPERFICIE VÁLIDA

Limitación de la superficie válida                                      t.47

Tocados fuera de la superficie válida                               t.48

Extensión de la superficie válida                                      t.49

 

RECONOCIMIENTO DE LOS TOCADOS EN EL
FLORETE

Materialidad del tocado                                               t.51-52

Anulación del tocado                                                   t.53-54

Validez o prioridad del tocado

Regla general                                                                   t.55

Análisis de la frase de armas                                      t-56-59

Reconocimiento de los tocados                                       t.60

 

PARTE 3. ESPADA

 

CONVENCIONES DE ESGRIMA

 

FORMA DE HACER UN TOCADO                                  t.61

SUPERFICIE VÁLIDA                                                 t.62-63

 

RECONOCIMIENTO DE LOS TOCADOS EN
LA ESPADA                                                                      t.64

Principio básico                                                                t.65

Anulación de un tocado                                               t.66-69

 

PARTE 4. SABLE

 

CONVENCIONES DE ESGRIMA

 

FORMA DE HACER UN TOCADO                                  t.70

 

SUPERFICIE VÁLIDA                                                 t.71-72

 

RECONOCIMIENTO DE LOS TOCADOS EN EL SABLE

 

Materialidad y anulación de un tocado                             t.73

Validez o prioridad del tocado

Principio básico                                                                t.74

Análisis de la frase de armas                                      t.75-79

Reconocimiento de los tocados                                       t.80

 

PARTE 5. NORMAS DISCIPLINARIAS PARA LAS COMPETICIONES

 

CAPÍTULO 1. APLICACIÓN

Personas sujetas a estas normas                                   t .81

Mantenimiento del orden y de la disciplina                 t.82-83

Los competidores

Juramento o promesa                                                      t.84

Negativa a entrar en combate                                          t.85

Presentación a la hora y en el lugar indicados                 t.86

Normas de cortesía                                                          t.87

Esfuerzo personal                                                            t.88

El director del equipo                                                        t.89

El capitán del equipo                                                        t.90

Los árbitros y los jueces                                                   t.91

Los instructores, entrenadores y técnicos                        t.92

Los espectadores                                                             t.93

 

CAPÍTULO 2. LAS AUTORIDADES DISCIPLINARIAS
Y SUS COMPETENCIAS

 

Jurisdicción                                                                       t.94

Principios en los que se basa la jurisdicción                    t.95

El árbitro                                                                           t.96

El Directorio Técnico                                                        t.97

El Comité Ejecutivo del IPC en los Juegos
Paralímpicos                                                                     t.98

IWF – Oficina Central, Comisión de Disciplina y

Comité Ejecutivo                                                              t.99

 

CAPÍTULO 3. SANCION

 

Clasificación de las sanciones                                t.100-101

Sanciones relacionadas con la práctica de
la esgrima                                                                 t103-105

Sanciones de carácter disciplinario                         t.106-112

Publicidad de las sanciones                                           t.113

 

CAPÍTULO 4. SANCIONES Y AUTORIDADES DISCIPLINARIAS COMPETENTES

 

Tipos (grupos) de sanciones                                          t.114

Competencia                                                                  t.115

Primer grupo de infracciones                                          t.116

Segundo grupo de infracciones                                      t.117

Tercer grupo de infracciones                                          t.118

Cuarto grupo de infracciones                                         t.119

Tabla de infracciones y sanciones                                  t.120

 

CAPÍTULO 5. PROCEDIMIENTO

 

Principio básico                                                              t.121

Protestas y apelaciones                                          t.122-123

Investigación – Derecho de defensa                              t.124

Método para la toma de decisiones                               t.125

Reincidencia                                                                   t.126

 

CAPÍTULO 6. CONTROLES ANTIDOPAJE

Controles antidopaje                                                      t.127

 

 

 

LIBRO 1. REGLAS TÉCNICAS

 

OBSERVACIONES (Válidas a lo largo del todo el libro):

 

-                     IWF: Estas siglas corresponden de forma abreviada a IWAS Wheelchair Fencing (IWAS para la Esgrima en Silla de Ruedas).

 

-                     IWF EC: Estas siglas corresponden de forma abreviada a IWAS Wheelchair Fencing Executive Comité (Comité Ejecutivo de la IWAS para la Esgrima en Silla de Ruedas).

 

-                     Las generalizaciones se harán en género masculino, tanto en singular como en plural, con independencia de si la palabra se refiere a una persona de sexo masculino o femenino.

 

-                     PARTE 1. REGLAS GENERALES Y REGLAS COMUNES A LAS TRES ARMAS

 

CAPÍTULO 1. APLICACIÓN DE LA REGLAS

 

Obligatoriedad de la aplicación de las reglas

 

t.1.       Las reglas aquí contenidas son obligatorias sin modificación alguna en todas las competiciones oficiales de la IWF, es decir:

 

-                    Los Campeonatos Mundiales y de Zona de esgrima en silla de ruedas, en todas las categorías

 

-                    Las Competiciones de esgrima en silla de ruedas de los Juegos Paralímpicos

 

-                    Todas las competiciones de la Copa del Mundo de esgrima en silla de ruedas

 

CAPÍTULO 2. GLOSARIO

 

COMPETICIONES

 

Acometidas y asaltos

 

t.2.       El enfrentamiento amistoso entre dos tiradores se denomina acometida. Cuando la puntuación de una acometida se anota para determinar el resultado se denomina asalto.

 

Match

 

t.3.       El número total de los asaltos mantenidos entre dos tiradores de dos equipos diferentes se denomina match.

 

Competición

 

t.4.1     Una competición es el número total de asaltos (competiciones individuales) o de match (competiciones por equipos) que es necesario para determinar quién es el ganador.

 

2.                        Las competiciones se clasifican según el arma y según el sexo, categoría y edad de los competidores. También se clasifican en dos grupos: individuales y por equipos.

 

3.                        La categoría del tirador depende de la calificación que se le ha otorgado en función de su discapacidad. El procedimiento de calificación se describe en el ‘Libro 4. Calificación’.

 

Campeonato

 

t.5.       Un campeonato es la competición que se lleva a cabo para determinar quién es el mejor tirador o cuál es el mejor equipo en cada arma en el marco de un país miembro de la IWAS, de un zona o región específica del mundo o de un periodo específico de tiempo.

 

EXPLICACIÓN DE ALGUNOS TÉRMINOS TÉCNICOS UTILIZADOS EN LA ESGRIMA1

 

Tiempo de esgrima

 

t.6.       El tiempo de esgrima es el tiempo necesario para realizar una única acción de esgrima.

 

Acciones ofensivas y defensivas

 

t.7.1     Las acciones ofensivas son el ataque, la respuesta y la contra-respuesta.

 

-                    El ataque es la acción ofensiva inicial, que se lleva a cabo extendiendo el brazo y amenazando constantemente la superficie válida del cuerpo del adversario y precede a la acometida o flecha (cf. 56ss, t.75ss).

 

-                    La respuesta es la acción ofensiva realizada por el tirador que ha parado el ataque.

 

-                    La contra-respuesta es la acción ofensiva realizada por el tirador que ha parado la respuesta.

 

1.                        Las acciones defensivas son las acciones destinadas a eludir, esquivar o parar las acciones ofensivas del adversario.

 

-                    Las paradas son las acciones defensivas que se ejecutan con el arma para impedir que las acciones ofensivas del adversario consigan su objetivo.

 

Explicación

 

t.8.       Acciones ofensivas

 

1.                        El ataque

 

La acción es simple cuando se ejecuta con un solo movimiento, y puede ser:

 

                   Directa (en la misma línea) o

 

                  Indirecta (en otra línea).

 

La acción es compuesta cuando se ejecuta mediante varios movimientos.

 

2.                        La respuesta

 

La respuesta puede ser inmediata o diferida, dependiendo de qué acción realiza el tirador y de la velocidad a la cual la ejecuta.

 

Las respuestas pueden ser:

 

a)      Simple, directa

 

-                    Respuesta directa: Se produce cuando se toca al adversario sin abandonar la línea en la que se ejecutó la parada del ataque.

 

1          Debe tenerse en cuenta que esta sección no pretende ser de ningún modo un manual de esgrima. Se incluyen algunos términos técnicos con el sólo objetivo de ayudar al lector a comprender mejor este Reglamento.

 

-                    Respuesta con el filo: Se produce cuando se toca al adversario con el filo del arma después de ejecutar la parada del ataque.

 

b)             Simple, indirecta

 

-                     Respuesta por retirada: Se produce cuando se toca al adversario en la línea opuesta a aquella en la que se ejecutó la parada del ataque (pasando por debajo del arma de adversario si la parada del ataque se ejecutó por la línea alta y por encima del arma de adversario si la parada del ataque se ejecutó por la línea baja).

 

-                    Respuesta con coupé: Se produce cuando se toca al adversario en la línea opuesta a aquella en la que se ejecutó la parada del ataque (el arma pasa siempre por encima del arma del adversario).

 

c)              Compuesta

 

-                    Respuesta con doublé: Se produce cuando se toca al adversario en la línea opuesta a aquella en la que se ejecutó la parada del ataque, pero después de haber descrito un círculo completo alrededor del arma del adversario.

 

-                    Respuesta uno-dos: Se produce cuando se toca al adversario en la misma línea en la que se ejecutó la parada del ataque, pero después de haber situado el arma en la línea opuesta, pasando por debajo del arma del adversario.

 

2.                        Contraataques

 

Los contraataques son acciones ofensivas u ofensivas-defensivas que se ejecutan durante la acción ofensiva del adversario.

 

a)                La parada del tocado (arresto)

 

Contraataque que se transforma en un ataque

 

b)                La parada del tocado (arresto) ejecutada con oposición

 

Contraataque que se realiza acercándose a la línea en la que se completará el ataque del adversario (cf. t.56ss, t.64ss, t.76ss).

 

c)                La parada del tocado (arresto) dentro de un periodo de tiempo de esgrima (es decir, “a tiempo”) (cf. t.59, t.79).

 

4.                        Otras acciones ofensivas

 

a)                  La remise

 

Es una acción ofensiva simple e inmediata que se produce inmediatamente después del primer ataque, sin retirar el brazo, después de que el adversario haya parado el ataque, se haya batido en retirada, haya retirado el contacto con el arma sin responder o haya ejecutado una respuesta diferida, indirecta o compuesta.

 

b)                  El redoublement

 

Es una nueva acción, bien simple o bien compuesta, que se ejecuta cuando el adversario ha parado el ataque sin ejecutar una respuesta o simplemente ha evitado la primera acción batiéndose en retirada o desplazándose para no ser alcanzado.

 

c)                   La reprise del ataque

 

Es un nuevo ataque ejecutado inmediatamente después del retorno a la posición de en guardia.

 

d)                  A contratiempo

 

Es una acción ejecutada por el atacante contra el arresto realizado por el adversario.

 

Acciones defensivas

 

t.9.       Las paradas son simples, directas cuando se ejecutan en la misma línea que el ataque.

 

Son circulares (contra-paradas) cuando se ejecutan en la línea opuesta a la del ataque.

 

Punta en línea

 

t.10.     La punta en línea es una posición específica en la cual el brazo armado del tirador se mantiene extendido hacia delante con la punta del arma amenazando continuamente la superficie válida del adversario (cf. t.56.3.a/b/c, t60.4.e, t.60.5.a, t76, t80.3.e, t80.4.a/b).

 

CAPÍTULO 3. LA PISTA

 

t.11.     El pasillo para la práctica de la esgrima debe tener una superficie nivelada, plana y uniforme. No debe dar ventaja ni desventaja a ninguno de los dos tiradores, especialmente en lo que se refiere a la iluminación.

 

t.12.1   La parte del pasillo en la que se realiza la esgrima se denomina pista.

 

2.                        Todas las competiciones de esgrima se realizan en la misma pista con independencia del arma.

 

t.13.1   En el caso de la esgrima en silla de ruedas, se utilizará una fijación colocada en la pista para sujetar las sillas de ruedas.

 

2.                        Esta fijación debe estar dispuesta de tal forma que permita a los tiradores practicar la esgrima con el brazo que prefieran (véanse las Figuras 1 y 2).

 

3.                        Todas las fijaciones para las sillas de ruedas que se utilicen en las competiciones de la IWF deben haber sido autorizadas por el IWF EC y deben responder a las directrices y especificaciones técnicas que aparecen en m.61.

 

4.                        Mientras están practicando la esgrima, los tiradores deben estar sentados en una silla de ruedas que cumpla las normas y especificaciones técnicas que se establecen en m.25.9.

 

t.14.     La pista debe tener unas dimensiones que permitan la práctica correcta de la esgrima. En el caso del florete y de la espada, debe haber una zona conductora alrededor de la fijación de las sillas de ruedas suficientemente grande para evitar los tocados en el suelo.

 

 

Figura 1. Posición de la esgrima para derecha/derecha e izquierda/izquierda

Figura 2. Posición de la esgrima para derecha/izquierda

 

CAPÍTULO 4. EL EQUIPAMIENTO DE LOS TIRADORES (Armas – Equipamiento – Vestimenta)

 

Responsabilidad de los tiradores

 

t.15.1   El arma, el equipamiento y la vestimenta de los tiradores es responsabilidad de estos y deben ser aportados por los competidores. La práctica de la esgrima se realiza asumiendo los tiradores su propio riesgo

 

2.                        Las medidas de seguridad que se especifican en las reglas y las normas que aparecen en el anexo de dichas reglas, así como los métodos de control dispuestos en este Reglamento (cf. reglas sobre materiales) tienen como objetivo únicamente reforzar la seguridad de los tiradores, pero en ningún modo pueden garantizar dicha seguridad. Por lo tanto, estas reglas y normas no pueden, ni por sí mismas ni por la forma de aplicarlas, hacer que el IWF EC contraiga responsabilidad alguna, como tampoco pueden contraer dicha responsabilidad los organizadores de las competiciones, los responsables y el personal que lleva a cabo la organización de estas competiciones ni aquellas personas que causen un accidente.

 

CAPÍTULO 5. LA PRÁCTICA DE LA ESGRIMA

 

Forma de sujetar el arma

 

t.16.1   En lo que respecta a las tres armas, la esgrima debe practicarse exclusivamente con la cazoleta o con la hoja del arma, utilizadas bien por separado o bien juntas.

 

2.                        Si la empuñadura no tiene ningún dispositivo o accesorio o una forma especial (p. ej., ortopédica), el tirador sólo puede sujetar el arma de forma idéntica a como lo hace en la posición que adopta para medir la distancia.

 

Además, el arma no debe transformarse, permanente o temporalmente, de forma abierta o de forma disimulada, en un arma arrojadiza. Debe utilizarse siempre sin que la mano del brazo armado suelte la empuñadura y sin deslizar la mano a lo largo de la empuñadura de adelante hacia atrás durante la ejecución de una acción ofensiva.

 

3.                        Cuando la empuñadura tenga un dispositivo o accesorio o una forma especial (p. ej., ortopédica), debe sujetarse de tal forma que la superficie superior del dedo pulgar quede en el mismo plano que el acanalado de la hoja del arma (en el caso del florete y de la espada) y perpendicular al plano de flexibilidad de la hoja del sable.

 

4.                        El arma debe utilizarse sólo con una mano. El tirador no puede cambiar de mano hasta el final del asalto, a no ser que el árbitro le conceda un permiso especial en caso de que se haya herido o lesionado en la mano o en el brazo.

 

5.                        Los tiradores que tengan una merma considerable en la fuerza de agarre o en la capacidad de controlar el arma pueden atarse el arma a la mano, siempre y cuando así lo autoricen los dos calificadores de la IWF. El arma debe atarse de tal modo que cubra y cierre la abertura de la manga correspondiente al brazo armado proporcionando suficiente protección a la mano de este lado. (m.25, m.33)

 

Posición de en guardia

 

t.17.1   Los tiradores deben colocarse en la posición de en guardia cuando el arbitro da la orden de “¡En guardia!”, después de lo cual el arbitro preguntará a los tiradores “¿Están preparados?”. Al recibir una respuesta afirmativa o en ausencia de respuesta negativa, el árbitro da la orden de comenzar a practicar la esgrima, utilizando para ello la palabra “¡Adelante!”.

 

2.                        Los tiradores deben colocarse correctamente en la posición de en guardia y permanecer totalmente quietos hasta que el árbitro diga “¡Adelante!”.

 

3.                        Los tiradores se colocarán en la posición de en guardia erguidos, ya sea al principio del asalto o en ocasiones posteriores, sentados en el centro del asiento de la silla de ruedas. El brazo armado no debe estar extendido, las hojas de las armas no deben estar en contacto y la punta del arma no debe extenderse más allá de la parte delantera de la cazoleta del adversario.

 

4.                        Si uno de los tiradores no está de acuerdo con la posición de en guardia de las armas, el árbitro tomará una decisión que alternará cuando se produzca una situación similar. El árbitro debe asegurarse de que ninguno de los dos tiradores obtiene ventaja en la aplicación de esta regla.

 

5.                        Siempre que haya que reanudar la esgrima, los tiradores deberán colocarse en la posición de en guardia, sentados erguidos en la parte central del asiento de la silla de ruedas. Si un tirador intenta sistemáticamente sacar ventaja cambiando su forma de sentarse en el asiento de la silla de ruedas antes de que el árbitro dé la orden de “¡Adelante!”, será sancionado de acuerdo a lo dispuesto en los Artículos t.114, t.116 y t.120.

 

6.                        En el florete y en el sable, los tiradores no pueden colocarse en guardia en la posición de “en línea”.

 

Comienzo, finalización y reinicio del asalto

 

t.18.1   El asalto comienza cuando el árbitro dice “¡Adelante!”. No se permite ningún movimiento ejecutado o iniciado antes de que el árbitro dé esta orden. (cf. t.24).

 

2.                        El asalto finaliza cuando el árbitro dice “¡Alto!”, excepto en el caso de que ocurra algo especial que modifique el desarrollo normal del asalto (cf. también t.32.1/2).

 

3.                        Una vez que el árbitro haya dado la orden de “¡Alto!”, los tiradores no pueden iniciar ninguna nueva acción, y sólo serán válidos los movimientos que hayan empezado a ejecutarse antes de la orden de “¡Alto!”. Todo lo que ocurra después no es válido (no obstante, cf. t.32.1/2).

 

4.                        Si un tirador se detiene antes de que el árbitro dé la orden “¡Alto!” y es tocado, el tocado se considera válido.

 

5.                        El árbitro también dará la orden “¡Alto!” cuando considere que el tipo de esgrima que está practicando uno o los dos tiradores es peligroso, confuso o contrario a las reglas. También dará esta orden si uno de los tiradores queda desarmado o pierde el equilibrio o si una de las sillas de ruedas pierde la sujeción o se desenganchan las clavijas de contacto del pasante de un tirador (cf. t.27, t.54.5 y t.73.4.j).

 

6.                        El árbitro no puede autorizar a los tiradores a abandonar la pista, salvo en casos excepcionales. Si un tirador abandona la pista sin permiso del árbitro, se le aplicarán las sanciones previstas en los Artículos t.114, t.116 y t.120.

 

Esgrima acercándose mucho un tirador al otro

 

t.19.     Se permite la esgrima acercándose mucho un tirador al otro, siempre y cuando los tiradores puedan manejar las armas correctamente y, en el caso del florete y el sable, el árbitro pueda seguir la acción.

 

Desplazamientos y agachadas

 

t.21.1   Se permite desplazar la superficie válida del cuerpo y agacharse, incluso, si al ejecutar una de estas acciones, se produce contacto entre la mano no armada y la pista.

 

2.                        Está prohibido dar la espalda al adversario durante el asalto. Si un tirador da la espalda al adversario durante el curso del asalto, será sancionado según lo dispuesto en los Artículos t.114, t.116 y t.120, y quedará anulado el tocado conseguido por el infractor.

 

Sustitución y uso de la mano y del brazo no armado

 

t.22.1   Esta prohibido el uso de la mano y del brazo no armado para ejecutar una acción ofensiva o defensiva (cf. t.114, t.117, t.120). Si se produce esta acción antirreglamentaria, el tocado conseguido por el infractor quedará anulado y será sancionado de acuerdo a lo dispuesto sobre infracciones del segundo grupo.

 

2.                        En el florete y en el sable, se prohíbe proteger la superficie válida del cuerpo, así como sustituir la superficie válida por otra parte del cuerpo, ya sea cubriéndola o realizando un movimiento irregular (cf. t.114, t.116, t.120). El tocado conseguido por el tirador que cometa esta infracción será anulado.

 

3.                        Durante el combate, los tiradores no deben coger bajo ningún concepto ninguno de los componentes o partes de la instalación eléctrica con la mano no armada (cf. t114, t116, t.120). El tocado conseguido por el tirador que cometa esta infracción será anulado.

 

t.23.1   Si, durante el desarrollo de un asalto, el árbitro observase que uno de los tiradores está haciendo uso de su mano y/o brazo no armado o está protegiendo o cubriendo la superficie válida con una superficie no permitida, puede solicitar la colaboración de dos jueces neutrales que serán designados por el Directorio Técnico.

 

2.                        Estos jueces se situarán uno a cada lado de la pista y estarán atentos a todas las circunstancias y acontecimientos del combate. Levantando la mano a iniciativa propia o cuando el árbitro les consulte, indicarán a este si uno de los tiradores ha utilizado la mano o el brazo no armado o si ha protegido o cubierto la superficie válida con una superficie no permitida (cf. t.49, t.114, t.116, t.120).

 

3.                        El árbitro puede también obligar a los tiradores a cambiar de posición, de tal forma que el tirador que ha cometido esta infracción no quede de espaldas al árbitro.

 

Comienzo antes de la orden de “¡Adelante!”

 

t.24.1   Esta prohibido empezar a practicar la esgrima o moverse antes de que el árbitro dé la orden de “¡Adelante!”. El tirador que cometa esta infracción será sancionado por el árbitro según lo dispuesto en el primer grupo de infracciones (t.114, t.116, t.120).

 

Levantarse de la silla de ruedas

 

t.25.     Cuando un tirador levante el pie del reposapiés de la silla de ruedas o utilice el suelo para obtener ventaja, el árbitro lo sancionará según los dispuesto en los Artículos t.114, t.116 y t.120, y el tocado conseguido por el infractor será anulado.

 

t.26      Está prohibido levantarse de la silla de ruedas. El infractor será sancionado de acuerdo con lo dispuesto en los Artículos t.114, t.116 y t.120, y el tocado conseguido por el infractor será anulado.

 

Se permite levantar las nalgas del asiento de la silla de ruedas, y esto no será razón suficiente para detener el asalto.

 

Para garantizar que se cumple esta norma, el árbitro puede consultar con dos Jueces designados por el Directorio Técnico, cuya función consiste en observar a los tiradores durante el combate.

 

Pérdida del equilibrio

 

t.27.1   Cuando un tirador pierde el equilibrio al realizar un ataque o debido a que la silla de ruedas se ha desenganchado, el árbitro debe dar de inmediato la orden de “¡Alto!”. Sin embargo, la pérdida del equilibrio no se sanciona.

 

No obstante,

 

                 perder el equilibrio sistemáticamente y de forma deliberada es una infracción contemplada en el primer grupo de infracciones, y se sancionará de acuerdo a lo previsto en t.114, t.116 y t.120.

 

                 el desenganchar la silla de ruedas deliberadamente para corregir la distancia con respecto al adversario es una infracción del segundo grupo (t.114, t.117, t.120).

 

1.                       Los tocados conseguidos antes de que el tirador pierda el equilibrio son válidos siempre y cuando la acción se haya iniciado antes de que el árbitro haya dado la orden de “¡Alto!”. Los tocados conseguidos después de que el tirador pierda el equilibrio serán anulados.

 

Daño causado a la silla de ruedas

 

t.281    Cuando la silla de ruedas de uno de los tiradores haya sido dañada o no funcione correctamente, el árbitro concederá únicamente el tiempo que sea estrictamente necesario para repararla o cambiarla por otra. El tiempo máximo permitido es de 10 minutos, transcurridos los cuales el árbitro debe ordenar que comience de nuevo el combate. Si el tirador que ha tenido problemas con la silla de ruedas no pudiese reanudar el combate, el árbitro indicará al tirador que debe retirarse (competiciones individuales) y/o ser sustituido, si es posible, por otro tirador de su equipo (competiciones por equipos).

 

Durante el resto de la jornada, no se puede conceder otra interrupción al mismo tirador, a no ser que esta se deba a un problema o incidencia de otra naturaleza.

 

El Directorio Técnico puede modificar el orden de los asaltos de una serie para garantizar que el programa de competición se desarrolle correctamente.

 

2.                       Causar daño a la silla de ruedas deliberadamente para obtener ventaja sobre el adversario es una infracción del segundo grupo, y será sancionada según lo dispuesto en los Artículos t.114, t.117 y t.120.

 

Interrupción relacionada con la discapacidad

 

t.29.      En el caso de que se produzca cualquier incidencia relacionada con la discapacidad de los tiradores (p. ej., espasmo involuntario de la musculatura), el árbitro concederá una interrupción sin restricciones de tiempo para que el tirador se recupere. Queda a la discreción del árbitro tomar medidas para impedir que los tiradores utilicen de forma fraudulenta está norma para obtener ventaja sobre el adversario.

 

Duración del asalto

 

t.30.1   La duración del asalto es la duración efectiva del mismo; es decir, la suma de todos los intervalos temporales que tienen lugar entre las órdenes de “¡Adelante!” y de “¡Alto!”.

 

2.                        El árbitro o el cronometrador debe registrar la duración del asalto. En las finales de las competiciones oficiales, así como en los asaltos en los que haya un cronómetro visible para los espectadores, este debe colocarse de tal modo que sea visible para ambos tiradores cuando se encuentran en la pista y para el árbitro.

 

3.                        La duración efectiva de un asalto es:

 

-                    Asaltos sin eliminación directa: 5 asaltos, máximo 3 minutos.

 

-                    Asaltos con eliminación directa: 15 asaltos, máximo 9 minutos dividido en 3 periodos de 3 minutos cada uno, con una pausa de un minuto entre un periodo y otro.

 

-                    Competiciones por equipos: 3 minutos para cada vuelta.

 

t.31.1   Los tiradores pueden preguntar cuánto tiempo queda cada vez que se interrumpe la acción.

 

2.                        El tirador que intente deliberadamente provocar interrupciones o prolongarlas será sancionado de acuerdo con lo dispuesto en los Artículos t.114, t.116 y t.120.

 

t.32.1   Al expirar el tiempo de esgrima, si el cronómetro está conectado al dispositivo de puntuación (marcador) (lo cual es obligatorio en las finales de las competiciones oficiales de la IWF), debe producir automáticamente una señal auditiva y desconectar automáticamente el marcador, sin cancelar los tocados que hayan sido registrados antes de la desconexión. El asalto termina cuando se oye la señal auditiva.

 

2.                        Si el cronómetro no está conectado al dispositivo de puntuación (marcador), el cronometrador debe decir “¡Alto!” (o realizar manualmente una señal auditiva) para detener el combate. En este caso, incluso un “”coup lancé” no será válido.

 

3.                        Si se produjese un fallo en el cronómetro o el cronometrador cometiera un error, el árbitro debe calcular por sí mismo cuánto tiempo queda.

 

Accidentes, retirada del tirador

 

t.33.1   Si se produce una lesión o herida en uno de los tiradores que el delgado de la IWF o el médico presente en la sala considere que es de suficiente entidad, el árbitro debe interrumpir el combate durante un tiempo no superior a los 10 minutos. Esta pausa debe ser cronometrada, empezando desde el momento en el que el médico dé su opinión, y se dedicará estrictamente al tratamiento de la lesión o herida que dio lugar a la interrupción. Si el médico considera, antes de o al final de la pausa de 10 minutos, que el tirador no puede seguir practicando la esgrima, el médico debe decidir la retirada del tirador (competiciones individuales) y/o, si es posible, su sustitución (competiciones por equipos)

 

(cf. o.44.11.a/b).

 

2.                        Durante el resto de la jornada, el tirador no puede solicitar una nueva interrupción, a no ser que se trate de una lesión o herida diferente.

 

3.                        Si un tirador solicita una interrupción que el delegado de la IWF o el médico presente en la sala no consideran justificada, el arbitro sancionará al tirador según lo estipulado en los Artículos t.114, t.117 y t.120.

 

4.                        En las competiciones por equipo, cuando, a juicio del médico presente en la sala, el tirador lesionado no pueda continuar con el asalto, este, no obstante, de acuerdo con las recomendaciones del médico, podrá competir en otro match que se celebre el mismo día.

 

5.                        El Directorio Técnico puede modificar el orden de los asaltos en una serie con el fin de garantizar que la competición transcurra normalmente. (cf. o.16.1).

 

CAPÍTULO 6. ARBITRAJE Y RECONOCIMIENTO DE LOS TOCADOS

 

t.34.1  La persona que acepte ser árbitro o juez debe jurar o prometer por su conciencia y honor respetar las reglas y hacerlas cumplir, así como desempeñar su función de forma totalmente imparcial y con absoluta dedicación y concentración.

 

2.                        Los árbitros no pueden compatibilizar su función con ninguna otra actividad durante el tiempo que dure el campeonato, por lo que no podrán ejercer como miembros del Directorio Técnico, capitán de uno de los equipos, delegado oficial de la delegación de su país, entrenador, etc.

 

El árbitro

 

t.35.1   Todos los asaltos de la esgrima son dirigidos por un árbitro autorizado por la FIE, que, además, debe estar en posesión de la licencia de árbitro expedida por la IWF.

 

2.                        Son funciones del árbitro las siguientes:

 

a)                Pasar lista para asegurarse de que todos los competidores están presentes (cf. t.186.1, t.86.5/6).

 

b)                Dirigir los asaltos.

 

c)                Comprobar el estado de las armas, de las sillas de ruedas, de la vestimenta y del equipamiento de los tiradores antes de cada asalto, de acuerdo con las reglas que se explican más adelante.

 

d)                Comprobar que los dispositivos eléctricos funcionan adecuadamente. Bien a iniciativa propia o bien porque así se lo pide el capitán de un equipo o un tirador, debe realizar las pruebas necesarias para localizar cualquier fallo que pudiera esta produciéndose en dichos dispositivos. Debe, asimismo, impedir que los tiradores pongan en riesgo la práctica o precisión de tales pruebas conectando, desconectando o cambiando los dispositivos eléctricos en el momento no adecuado.

 

e)                Dirigir el trabajo de los jueces, cronometradores, encargados del marcador, etc.

 

f)                  El árbitro puede estar sentado o de pie, y en todo momento debe moverse y colocarse de tal forma que pueda seguir el asalto y, al mismo tiempo, ver las señales luminosas.

 

g)                Sancionar las infracciones (cf. t.96.2).

 

h)                Conceder los tocados (cf. t.40ss).

 

i)                   Mantener el orden (cf. t.96.1 – 4).

 

j)                   Cuando lo considere necesario, consultar con los expertos presentes en la sala cualquier cuestión referente a los dispositivos eléctricos (cf. o.7).

 

Los jueces

 

t.36.1   El árbitro cumple sus funciones con la ayuda de un aparato para el registro automático de los tocados. Asimismo, puede recibir la ayuda de dos jueces que se encargan de observar atentamente el uso que hacen los tiradores de la mano o de la brazo no armado, la sustitución de la superficie válida, los tocados conseguidos tocando en el suelo con la espada, el cambio en la posición del tirador sobre el asiento de la silla de ruedas y cualquier otra infracción contemplada en las Reglas (cf. t.120).

 

2.                        La presencia de los jueces es obligatoria en todas las finales de las competiciones individuales y en la final (2 equipos) de la final de las competiciones por equipos.

 

3.                        Los jueces se colocan a cada uno de los lados del árbitro en ambos lados de la pista, y se encargan de observar atentamente todos los aspectos del combate. Deben intercambiar la posición a la mitad de cada asalto o después de cada periodo cuando se trate de asaltos de eliminación directa, así como después del asalto cuando se trate de una competición entre equipos, con el fin de que no se encarguen de observar siempre al mismo tirador.

 

Atribuciones de los árbitros

 

Juegos Paralímpicos, Campeonatos Mundiales y de Zona

 

Competiciones individuales

 

t.37.1   Para las competiciones de eliminación directa y las competiciones de eliminación no directa, el delegado de arbitraje de la IWF elige a los árbitros echándolo a suertes.

 

2.                        En el caso de las competiciones sin eliminación directa, el árbitro debe ser de una nacionalidad diferente a la de los tiradores.

 

3.                        En el caso de las competiciones de eliminación directa, en cada arma el delegado de arbitraje de la IWF establecerá de entre los árbitros presentes una lista con los mejores árbitros en cada arma (según la puntuación obtenida por cada árbitro durante la temporada).

 

Se asigna un árbitro echándolo a suertes por cada par de asaltos de entre al menos 7 u 8 árbitros para arbitrar los asaltos según el orden establecido en el programa. Deben ser de una nacionalidad diferente a la de los tiradores que participan en cada par de asaltos.

 

4.                        Al final de cada ronda, los delegados de arbitraje de la IWF pueden retirar a aquellos árbitros cuyo arbitraje no les haya parecido satisfactorio. Esta decisión debe ser tomada por la mayoría del Directorio Técnico presente en la sala. No obstante, el árbitro no puede ser cambiado durante el desarrollo de un asalto, a no ser que se den circunstancias excepcionales. En tal caso, la decisión, que debe estar siempre bien fundamentada, debe tomarse por la mayoría del Directorio Técnico presente en la sala (esta regla es igualmente válida para las competiciones por equipos).

 

5.                        Para las semifinales, el delegado de arbitraje de la IWF, inmediatamente después del final de las eliminatorias directas, elegirá echándolo a suertes 4 árbitros de entre al menos 7 u 8 árbitros, que deben ser de nacionalidades diferentes a las de los tiradores. Diez minutos antes de la final, los delegados de arbitraje asignarán echándolo a suertes los árbitros para todos los asaltos al mismo tiempo, en el siguiente orden: primera semifinal, segunda semifinal, final y final de consolación (disputa del tercer puesto) (Juegos Paralímpicos).

 

t.38.     Competiciones por equipos

 

Las reglas contempladas en los Artículos t.37 3), 4) y 5) se aplican también a las competiciones por equipos, con dos árbitros por cada match.

 

Competiciones de la Copa del Mundo

 

t.39.     El Directorio Técnico, asistido en el caso de las finales por el delegado de la IWF, aplicará las reglas que se contemplan en los Artículos t.37 y t.38.

 

Método para valorar los tocados

 

Materialidad del tocado

 

t.40.1   La materialidad del tocado se establece de acuerdo con las indicaciones del señalizador de tocados, y, cuando sea necesario, mediante consulta con los jueces (cf. t.36). Para valorar el tocado, se tienen en cuenta sólo las indicaciones del señalizador Bajo ninguna circunstancia puede el árbitro determinar que un tirador ha sido tocado, a no ser que el tocado haya sido registrado adecuadamente en el señalizador (excepto en los casos que se contemplan en el Artículo t.49.1 o cuando el arbitro haya determinado un tocado de penalización).

 

t.41.1   Por otro lado, el árbitro debe, en los casos que se enumeran para cada arma, anular los tocados registrados por el señalizador (cf. t53ss, t.66ss, t.73).

 

Validez o prioridad del tocado

 

t.42.1   Tan pronto como se haya detenido el asalto, el árbitro analizará brevemente los movimientos que componen las últimas acciones de esgrima realizadas por los tiradores.

 

2.                        En las finales, el árbitro puede hacer uso del monitor de televisión, si se dispone de dicho monitor, para comprobar la decisión que ha tomado en caso de que tenga dudas. Se aplicarán las reglas de la FIE sobre el derecho que asiste a los tiradores a analizar el vídeo.

 

3.                        Una vez que el árbitro haya tomado una decisión con respecto a la materialidad del tocado, decidirá, aplicando las reglas correspondientes, qué tirador ha sido tocado, si ambos han sido o no tocados (espada) y si no se ha producido ningún tocado válido (cf. t.55ss, t.64ss, t.74ss).

 

4.                        El árbitro debe utilizar las siguientes señales (Figura 3).

 


 

Figura 3. Señales, órdenes e instrucciones del árbitro (continúa en la página siguiente)

 

NOTAS

 

1.                         El árbitro analiza los movimientos de esgrima realizados por los tiradores y da a conocer la decisión por medio de las señales y palabras que aparecen en la Figura

 

2.                         Para las siguientes frases de armas el árbitro usa las siguientes palabras sin hacer ninguna Señal: “Respuesta”, “Contra-respuesta”, “Remise”, “Reprise”, “Redoublement”.

 

3.                         Los tiradores pueden pedir al árbitro con educación y amabilidad que realice un análisis más detallado de las frases de armas.

 

4.                         Cada señal debe durar 1-2 segundos. Asimismo, debe ser expresiva y estar correctamente realizada. Las fotos de la Figura se refieren al tirador que se encuentra a la derecha del árbitro. Figura 3. Señales y órdenes del árbitro (continuación)

 

Equipamiento reglamentario y comprobación por el árbitro

 

t.43.1   Antes de comenzar cada ronda, match por equipos o asalto de eliminación directa, el árbitro debe reunir a todos los competidores y comprobar (cf. t.35.2.c):

 

a)                en todas las armas, que aparece la etiqueta de garantía de la FIE en el equipamiento de los tiradores (vestimenta, máscaras);

 

b)                en el florete, que el chaleco equipado con el dispositivo eléctrico se corresponde con lo dispuesto en el Artículo m.28 cuando el tirador está sentado en posición erguida, en posición de en guardia y en posición de estocada (posición de arremetida);

 

c)                en la espada, que el material con el que se ha fabricado la vestimenta de los tiradores no tiene una superficie demasiado lisa y que los tiradores llevan puesto un chaleco que se corresponde con los establecido en las reglas;

 

d)                en el sable, que el chaleco equipado con el dispositivo eléctrico corresponde a lo establecido en el Artículo m.34 cuando el tirador está sentado en posición erguida, en posición en guardia y en posición de acometida;

 

e)                en las tres armas, que los tiradores llevan puesto debajo del chaleco una peto de protección interior fabricado en un material capaz de resistir 800 newtons.

 

f)                  en las tres armas, que los tiradores no llevan un aparato electrónico de comunicación que les permitiría comunicarse durante el asalto con una persona que se encontrase fuera de la pista;

 

g)                que las sillas de ruedas cumplen las reglas y llevan las marcas de comprobación correctas;

 

h)                que los tiradores se han quitado las prótesis de las piernas (m.25.8).

 

En las competiciones con o sin eliminatorias directas (Copa del Mundo y Campeonatos Mundiales), estas comprobaciones deben hacerse en el momento en el que el árbitro pasa lista para comprobar que todos los competidores están presentes. En el caso de los asaltos de eliminación directa (en los Juegos Paralímpicos) y en las finales, estas comprobaciones deben hacerse en la zona en la que se reúnen todos los tiradores.

 

Los organizadores de todos las competiciones oficiales de la IWF (junior y senior) deben tener en cuenta que es obligatorio disponer de un área en la que puedan reunirse todos los tiradores.

 

2.                        En los asaltos de eliminación directa y las finales en los Juegos Paralímpicos y en las finales en los Campeonatos Mundiales y de Zona y en las competiciones de la Copa del Mundo, los dos tiradores participantes en cada asalto deben ir a la zona de comprobación del equipamiento, situada cerca de la pista, 30 minutos antes de la hora prevista para el inicio del combate. El equipamiento de los tiradores se revisará bajo la responsabilidad del SEMI (o del experto que haya sido designado en el caso de las finales de las competiciones de la Copa del Mundo). Si se detecta algún tipo de anomalía en el equipamiento, se corregirá de inmediato y no se aplicará ninguna sanción ni penalización. Una vez revisados, el delegado del SEMI entregará al árbitro los pasantes de los tiradores, las máscaras y las armas. Diez minutos antes de salir a la pista los tiradores se pondrán en contacto con el árbitro designado para arbitra el asalto. El árbitro entregará a los tiradores un pasante en la zona de acceso a la pista, y comprobará que ambos tiradores llevan el peto de protección interior.

 

3.                        El arbitro y los tiradores esperarán juntos en la zona de acceso a la pista hasta que comience el asalto. Una vez en la pista, el árbitro hará entrega de un arma a cada tirador para que la conecte al pasante. No se llevará a cabo ninguna comprobación ni revisión del equipamiento una vez que los tiradores estén en la pista antes de empezar el asalto.

 

4.                        Los organizadores de la competición deben disponer una zona de espera para que los tiradores puedan calentar mientras se llevan acabo las revisiones y comprobaciones del equipamiento.

 

t.44.1   Además de realizar todas estas comprobaciones, el árbitro del asalto puede en cualquier momento, a iniciativa propia o a petición de un tirador o del capitán del equipo, comprobar de nuevo que las revisiones se han hecho correctamente, incluso realizarlas de nuevo (cf. t.35).

 

2.                        En todo caso, antes de cada asalto, el árbitro debe cerciorarse de que la ropa de los tiradores, las armas y las máscaras llevan la correspondiente etiqueta de garantía, y de que el asilamiento de los cables situados en el interior de la cazoleta y la presión del resorte situado en la punta de los floretes y de las espadas corresponden a los estipulado en las reglas. La comprobación del aislamiento de los cables y de la presión del resorte se hará cada vez que un arma se sustituya por otra. En las tres armas, el árbitro comprobará que los tiradores no están equipados con un equipo de comunicación electrónico que les permitiría comunicarse con una persona situada fuera de la pista durante el asalto.

 

3.                        En la espada, el árbitro debe comprobar el desplazamiento total y residual de la punta de detención:

 

-                     El árbitro comprobará el desplazamiento total insertando un medidor de 1,5 mm entre la parte inferior de la punta de detención y el punto final de esta. El Comité Organizador se encargará se proporcionar al árbitro este medidor, que tiene un margen de error de ± 0,05 mm; es decir, mide entre 1,45 y 1,55 mm.

 

-                    Asimismo, el árbitro comprobará el desplazamiento residual insertando un medidor de 0,5 mm entre la parte inferior de la punta de detención y el punto final de ésta. El medidor no debe registrar ninguna medida cuando la punta de detención está bajada. El Comité Organizador se encargará de proporcionar al árbitro este medidor, que tiene un margen de error de ± 0,05 mm; es decir, mide entre 0,45 y 0,55 mm.

 

3.                        Para detalles el peso que se utiliza en las comprobaciones, véase m.11.3, m.19.3 y m.42.2.d.

 

4.                        Al empezar el asalto, el árbitro colocará el equipamiento de reserva una vez revisado en los extremos de la pista para uso de los tiradores.

 

Equipamiento no reglamentario

 

t.45.     En cualquier circunstancia en la que se descubra que un tirador que ya está en la pista está en posesión de un equipamiento no reglamentario o defectuoso (cf. m.8, m.9, m.12, m.13, m.16, m.17, m.23), este equipamiento será inmediatamente confiscado y entregado a los expertos presentes en la sala para que lo examinen. El equipamiento confiscado se devolverá a su propietario una vez que los expertos hayan terminado de examinarlo y, si es el caso, previo pago de los gastos en los que se haya incurrido para su reparación. Este equipamiento debe ser revisado y comprobado de nuevo antes de que el árbitro autorice su uso.

 

1.                        Si un tirador aparece en la pista:

 

-                    con sólo un arma reglamentaria (cf. t.86.1/2) o

 

-                    con sólo un pasante reglamentario, o

 

-                    con un arma o un pasante que no funciona o que no cumple las reglas, o

 

-                    sin el peto de protección interior reglamentario (cf. t.43.1.e), o

 

-                    con un chaleco dotado de un dispositivo eléctrico que no cubre totalmente la superficie válida, o

 

-                    con una vestimenta que no cumple las reglas, o

 

-                     con una silla de ruedas que no cumple las reglas, el árbitro aplicará las sanciones previstas en los Artículos t.114, t.116 y t.120 (primer grupo).

 

2.                        Cuando, durante el desarrollo de un asalto, se encuentre algún tipo de irregularidad en el equipamiento que pudiera deberse a las frases de armas ejecutadas durante el asalto:

 

Ejemplos:

 

-                    un chaleco dotado de un dispositivo eléctrico en el que los tocados son registrados como no válidos,

 

-                    un arma o pasante que ha dejado de funcionar,

 

-                    una presión en el resorte de la punta del arma demasiado débil,

 

                  un desplazamiento de la punta que ya no es el reglamentario, el árbitro no aplicará ninguna sanción ni ningún apercibimiento de sanción y concederá los tocados que se haya conseguido con este equipamiento defectuoso.

 

Sin embargo, incluso durante el desarrollo del asalto, cualquier tirador cuya arma, en el momento en el que adopte la posición de en guardia y esté preparado para tirar, presente una curvatura en la hoja que excede de la permitida (cf. m.8.6, m.16.2, m.23.4) incurre en una infracción del primer grupo y será sancionado de acuerdo con lo previsto en los Artículos t.114, t.116 y t.120.

 

3.                        a) Si, en el momento en el que el tirador aparece en la pista o durante el asalto, se establece que el equipamiento utilizado por el tirador:

 

i)                   no lleva las marcas de identificación realizadas en la comprobación preliminar, el árbitro:

 

-                    anulará el último tocado, si lo hubiera habido, conseguido por el tirador que lleva el equipamiento defectuoso;

 

Sancionará al tirador según los dispuesto en los Artículos t.114, t.117 y t.120.

 

 

ii)                 no se ajusta a las reglas, y esto ha pasado desapercibido durante las comprobaciones previas, el árbitro:

 

-                    sancionará al tirador de acuerdo con lo dispuesto en los Artículos t.114, t. 116 y t.120.

 

iii)               ha pasado con éxito las comprobaciones previas, pero ahora se observan irregularidades que podrían haber sido hechas deliberadamente,

 

iv)              llevan las marcas de las comprobaciones preliminares, pero estas son una imitación o ha sido transferidas de otro equipamiento, o

 

v)                ha sido alterado deliberadamente para conseguir tocados o para que el sistema eléctrico no funcione, o

 

vi)              está equipado con un dispositivo de comunicación electrónico que permite al tirador comunicarse durante el asalto con una persona que se encuentra fuera de la pista, en los casos iii), iv) y vi), el árbitro debe confiscar inmediatamente el equipamiento (arma, pasante del tirador, chaleco, máscara, etc.) y pedir al experto presente en la sala que lo examine.

 

b)                Una vez que el experto ha comunicado su opinión al árbitro (en los Juegos Paralímpicos y en los Campeonatos del Mundo, este experto debe ser miembro del Comité de Equipamiento y Dispositivos Eléctricos) (cf. m.33ss), el árbitro aplicará las siguientes sanciones, además, si es el caso, establecidas en el Artículo t.96.2/4:

 

-                     en los casos iii) y iv), el árbitro aplicará las sanciones que se contemplan en los Artículos t.114, t.118, t.120, y anulará el último tocado, si se ha producido, conseguido por el tirador que ha incurrido en la sanción.

 

-                    en los casos v) y vi), el árbitro aplicará las sanciones que se contemplan en los Artículos t.114, t.119 y t.120.

 

c)                Mientras se está a la espera de la decisión final del árbitro, quedará suspendido el asalto, pero pueden continuar los demás asaltos de la serie.

 

4.                        Todos los tiradores deben presentarse en la pista con una vestimenta que se ajuste a lo especificado en las reglas:

 

a)              Nombre y nacionalidad del tirador, de acuerdo con las reglas, situados en la parte de atrás del chaleco (espalda del tirador). Aplicación: en todas las competiciones oficiales de la IWF, en todas las fases de la competición.

 

b)              Uniforme del país del tirador (cf. m.25.3). Aplicación:

 

i)                      En los Juegos Paralímpicos, Campeonatos del Mundo y Campeonatos de Zona. En todos los asaltos de eliminación no directa, en todos los asaltos de eliminación directa y durante los match entre equipos.

 

ii)                    En las competiciones de las Copa del Mundo, en todos los asaltos de las competiciones entre equipos.

 

En caso de violación de esta regla:

 

-                    En el caso de las competiciones mencionadas en i), el árbitro eliminará al tirador que ha cometido la infracción, y no podrá ya participar en las siguientes fases de la competición.

 

-                    En el caso de las competiciones mencionadas en ii), el árbitro sancionará al tirador que ha cometido la infracción con una tarjeta roja (Artículos t.114, t.117, y t.120, segundo grupo de infracciones). Sin embargo, se permitirá al tirador que ha cometido la infracción continuar en la pista y terminar el asalto.

 

Esta misma sanción se aplicará a los tiradores que no lleven en la parte de atrás del chaleco (espalda del tirador) su nombre y nacionalidad, en la forma estipulada por las reglas, en las competiciones de la Copa del Mundo Junior, en las competiciones de la Copa del Mundo Individual Senior antes de que queden los últimos 64 tiradores y en los Campeonatos de Zona.

 

5.                        Si el chaleco equipado con el dispositivo eléctrico no se ajusta a las reglas, el tirador debe cambiarlo por otro que se corresponda con los establecidos en las reglas. Si el chaleco no lleva en la parte de atrás (espalda del tirador) el nombre y la nacionalidad del tirador, este dispone de tiempo hasta la siguiente fase de la competición (hasta los últimos 64, hasta los últimos 32, etc.) para imprimir su nombre y nacionalidad en la parte de atrás del chaleco.

 

Si el tirador no imprimiese su nombre y nacionalidad en la parte de atrás del chaleco dentro del plazo concedido, excepto en los casos de fuerza mayor, será eliminado y no podrá seguir participando en la competición.

 

PARTE 2. FLORETE

 

CONVENCIONES DE ESGRIMA

 

1.                        Para establecer la distancia apropiada para practicar la esgrima, los tiradores se sentarán en posición erguida en el centro del asiento de la silla de ruedas. Uno de los tiradores dobla el brazo armado con el antebrazo en posición vertical y la parte superior del brazo en posición horizontal. El codo debe quedar señalando al adversario. El otro tirador estirará el brazo hasta tocar el borde inferior del antebrazo del adversario con la punta del florete. A continuación, se cambian los papeles y cada tirador hace lo que había hecho el otro. En el caso de que los tiradores tengan distinta longitud de brazo, el que tenga el brazo más corto puede elegir una distancia que sea intermedia entre la suya y la del adversario. Si no hay acuerdo sobre este punto, el árbitro decidirá, y esta decisión será inapelable.

 

Los tiradores que sufran una restricción grave de la capacidad de movimiento (Categoría C) establecerán la medida apropiada para la práctica de la esgrima tocando un punto situado a una distancia de 10 centímetros de la parte interna del antebrazo. Si no hay acuerdo entre los tiradores, el árbitro decidirá, y esta decisión será inapelable.

 

Una vez que los dos tiradores se hayan puesto de acuerdo sobre la distancia apropiada para practicar la esgrima, esta no puede cambiarse.

 

2.                        Cuando el árbitro dé la orden de en guardia, los tiradores adoptarán la posición de en guardia, que debe satisfacer los siguientes requisitos:

 

-                    Las hojas de las armas no entran en contacto.

 

-                     La punta del arma de los tiradores no está situada más allá de la cazoleta de su adversario. El árbitro debe asegurarse de que ninguno de los dos tiradores consiga ventaja avanzando el brazo significativamente más que el adversario.

 

FORMA DE HACER UN TOCADO

 

t.46.1  El florete es un arma de estocada solamente. Por lo tanto, las acciones ofensivas con este arma se ejecutan con la punta y sólo con la punta.

 

2.                        Esta prohibido presionar o deslizar la punta del arma eléctrica sobre la pista durante el tiempo efectivo del asalto (es decir, entre la orden “¡Adelante!” y la orden “¡Alto!”). Asimismo, está prohibido en todo momento colocar el arma sobre la pista para enderezarla. Cualquier infracción de estas normas será sancionada de acuerdo a lo establecido en los Artículos t.114, t.116 y t.120.

 

SUPERFICIE VÁLIDA

 

Limitación de la superficie válida

 

t.47.1   En el florete, se cuentan como válidos sólo los tocados que se hagan dentro de la superficie válida del cuerpo del adversario.

 

2.                        La superficie válida en el florete excluye las extremidades y la cabeza. Por lo tanto, la superficie válida se limita al tronco, siendo el límite superior el cuello hasta 6 cm por debajo de las prominencias de la clavícula, por arriba; a los lados, las costuras de las mangas, que deben cruzar la cabeza del húmero; y por debajo, una línea imaginaria horizontal que une los huesos de la cadera y desde ahí se bifurca hacia abajo para pasar por debajo de las ingles (véase la Figura 4).

 

Tocados fuera de la superficie válida

 

t.48.     No se considerarán válidos los tocados que se hagan en un parte del cuerpo del adversario que se encuentre fuera de la superficie válida (tanto si se consigue directamente como si es el resultado de la parada de un ataque). El tocado no válido detiene la frase de armas dentro del cual ha tenido lugar, y, por tanto anula todos los tocados que se produzcan a partir de ese momento (no obstante, cf. t.49).


 

 

Figura 4. Superficie válida, posición de en guardia y medición de la distancia en el florete

 

Extensión de la superficie válida

 

t.49.1   No obstante, los tocados que se realicen fuera de la superficie válida serán considerados válidos, siempre y cuando el tirador que ha sufrido el tocado haya sustituido la superficie válida por una superficie no válida adoptando una posición irregular.

 

2.                        El árbitro puede consultar a los jueces sobre esta cuestión, pero, finalmente, tendrá que decidir por sí mismo si el tocado es o no válido.

 

RECONOCIMIENTO DE LOS TOCADOS EN EL FLORETE

 

t.50.     En los combates con floretes se utiliza un señalizador para registrar los tocados.

 

MATERIALIDAD DEL TOCADO

 

t.51.     Para reconocer la materialidad del tocado sólo ser pueden utilizar las indicaciones del señalizador de tocados. El árbitro no puede decidir que un tirador ha sido tocado al menos que el tocado haya sido registrado adecuadamente por el señalizador (excepto en los casos que se contemplan en el Artículo t.49.1, o cuando se trate de un tocado de penalización).

 

t.52.     Con respecto al señalizador, hay que tener en cuenta lo siguiente:

 

a)                Si se ha conseguido un tocado no válido, el señalizador no registrará un posible tocado válido conseguido en el mismo lado del señalizador.

 

b)                El señalizador no indicará si hay algún tipo de prioridad con respecto al tiempo entre dos o más tocados que el señalizador registra simultáneamente.

 

ANULACIÓN DEL TOCADO

 

t.53.     El árbitro anulará los tocados que el señalizador registre y sean resultado de las siguientes acciones:

 

-                    la acción ha comenzado antes de la orden “¡Adelante!” o ha seguido después de la orden “¡Alto!” (cf. t.18.1/3);

 

-                    el tocado se ha realizado en cualquier otro objeto o zona distinto al cuerpo del adversario (cf. t.41) o al equipamiento de este.

 

2.                        Si un tirador deliberadamente hace que el señalizador registre un tocado tocando con la punta del florete en el suelo o en cualquier otra superficie distinta al cuerpo del adversario, será sancionado de acuerdo con lo previsto en los Artículos t.114, t.117 y t.120.

 

3.                        Se prohíbe a los tiradores poner en contacto cualquier parte del arma que no disponga de aislamiento eléctrico en contacto con su propio chaleco conductor de la electricidad con la intención de interferir en el funcionamiento del señalizador y, por lo tanto, de evitar ser tocado. La sanción correspondiente a esta infracción se contempla en los Artículos t.114, t.116 y t.120. Cualquier tocado que consiga el tirador que ha cometido esta infracción será anulado.

 

t.54.1   El árbitro debe tener en cuenta los posibles fallos del señalizador de tocados, especialmente:

 

a)                Debe anular un tocado que acaba de conceder por haber sido registrado por el señalizador como un tocado realizado en la superficie válida (luz de color) si llega a la conclusión, mediante comprobaciones que él mismo debe realizar o supervisar, de que el tocado se ha producido antes de que el asalto comenzará de forma efectiva (es decir, antes de la orden de “¡Adelante!”) sin que se haya cambiado o corregido el funcionamiento del sistema eléctrico cuando se produce alguna de las circunstancias previstas en t.35.2/d:

 

-                    ya sea que un tocado registrado como “válido” sobre el tirador contra el cual el tocado ha sido reconocido pueda haber sido registrado sin que se haya producido de hecho un tocado válido;

 

-                    o bien que un tocado “no válido” realizado por el tirador contra el cual se ha reconocido el tocado no haya sido registrado por el señalizador;

 

-                    o que un tocado “válido” realizado por el tirador contra el cual el tocado ha sido reconocido no provoque el registro en el señalizador de ningún tocado ni válido ni no válido.

 

-                    o que el registro de los tocados realizados por el tirador contra el cual el tocado ha sido reconocido no permanezca en el señalizador.

 

b)                Por otro lado, cuando el árbitro haya decidido que un tocado realizado por uno de los tiradores tiene prioridad, este tocado no será anulado si posteriormente se observa que un tocado válido realizado por el adversario es registrado como no válido o que el arma del tirador contra el cual se ha reconocido el tocado está permanentemente registrando tocados no válidos.

 

c)                Si el equipamiento de uno de los tiradores no se ajusta a lo dispuesto en los Artículos m.27 y m-28.3, los tocados que se consigan fuera de la superficie válida que sean registrados por el señalizador de tocados como válidos no serán anulados.

 

2.                        El árbitro debe asimismo aplicar las siguientes reglas:

 

a)                    Sólo se puede anular el último tocado conseguido antes del fallo del señalizador.

 

b)                    El tirador que realice cualquier modificación o cambio en su equipamiento o lo cambie por otro sin que el árbitro le haya pedido que lo hiciera, antes de que el árbitro haya comunicado su decisión, pierde cualquier derecho que tuviera a que se anule el tocado (cf. t.35.2.d).

 

c)                     Si se ha reiniciado el asalto de forma efectiva, el tirador no podrá solicitar la anulación de un tocado reconocido contra él antes de que se produzca el citado reinicio efectivo del asalto.

 

d)                    El lugar en el que se ha producido el fallo en el equipamiento (incluyendo el equipamiento de los tiradores) no tiene importancia a efectos de una posible anulación.

 

e)                    No es necesario que el fallo detectado se repita cada vez que se realiza una comprobación del equipamiento, pero es esencial que el árbitro perciba el fallo sin que haya lugar a ningún tipo de duda al menos una vez durante las comprobaciones que realice él mismo u otras personas bajo su supervisión.

 

f)                       Cuando se rompa la hoja del el arma de un tirador contra el cual se ha registrado un tocado, el tocado debe ser anulado, a no ser que la rotura de la hoja del arma se haya producido sin lugar a dudas después de registrarse el tocado.

 

g)                    El árbitro debe prestar especial atención a los tocados que no se registran en el señalizador de tocados o se registran de forma anómala. Si estos fallos se repiten, el árbitro debe pedir a un miembro del Comité de Equipamiento y Dispositivos Eléctricos o a cualquier técnico experto en la materia que se encuentre presente en la sala que compruebe que los dispositivos eléctricos se ajustan a los establecido en las reglas.

 

h)                    El árbitro debe asegurarse de que no hay ningún fallo en el equipamiento de los tiradores ni en los dispositivos eléctricos situados fuera de este equipamiento antes de que el experto realice la comprobación.

 

3.                        En los casos en los que una causa accidental haga imposible realizar las comprobaciones, el tocado se considerará dudoso y será anulado.

 

4.                        Si se registran tocados simultáneamente en ambos lados del señalizador y el árbitro no puede determinar la prioridad con certeza, el árbitro debe volver a colocar a los tiradores en posición de en guardia.

 

5.                        De acuerdo con las reglas generales (cf. t.18.5), el árbitro debe parar el asalto, incluso si el señalizador no ha registrado ningún tocado, cuando la esgrima se ha hecho confusa y, como consecuencia, no puede ya seguir analizando las frases de armas.

 

6.                        El árbitro debe también supervisar el estado de la parte de la pista conductora de la electricidad, y no debe permitir que el asalto comience o continúe si esta parte de la pista tiene agujeros que podrían afectar negativamente al registro normal de los tocados. (Los organizadores deben hacer todo lo posible para que la pista se repare con rapidez o se sustituya).

 

VALIDEZ O PRIORIDAD DEL TOCADO

 

Regla general

 

t.55.     Sólo el árbitro por sí mismo decide con respecto a la validez y prioridad del tocado aplicando las siguientes reglas básicas, que son las convenciones aplicables a los combates de esgrima con florete.

 

Análisis de las frases de armas

 

t.56.1   Todos los ataques; es decir, todas las acciones ofensivas, que sean correctamente ejecutados deben ser parados o evitados completamente, y las frases de armas deben seguirse una a otra, o, lo que los mismo, deben estar coordinadas (cf. t.7.1).

 

2.                        Para juzgar la corrección de un ataque debe tenerse en cuenta lo siguiente:

 

a)                El ataque simple, ya sea directo o indirecto (cf. t.8.1) se ejecuta correctamente cuando la extensión del arma con la punta amenazando la superficie válida del adversario se realiza antes del inicio de la acometida.

 

b)                El ataque compuesto (cf. t.8.1) se ejecuta correctamente cuando se extiende el brazo en el momento de la presentación de la primera finta, con la punta del arma amenazando la superficie válida del adversario, y no se dobla el brazo durante las sucesivas acciones que componen el ataque y durante el inicio de la arremetida.

 

c)                Las acciones, simples o compuestas, o las fintas que se ejecutan con el brazo doblado no se consideran ataques sino acciones preparatorias para el ataque, permaneciendo estas acciones abiertas al inicio de una acción ofensiva o defensiva/ofensiva del adversario (cf. t.8.1/3).

 

3.     Para juzgar la prioridad de un ataque cuando se analizan las frases de armas, debe tenerse en cuenta los siguiente:

 

a)              Si el ataque se inicia cuando el adversario no está en la posición de “punta en línea” (cf. t.10), este puede ejecutarse bien con una estocada directa, bien mediante una retirada o bien mediante una transición, o puede incluso ser precedido de un batimiento o de una serie de fintas eficaces que obliguen al adversario a la parada.

 

b)              Si el ataque se inicia cuando el adversario está en la posición de “punta en línea” (cf. t.10), el atacante debe, en primer lugar, apartar la hoja del arma del adversario. Los árbitros deben estar atentos a que un simple frotamiento no sea considerado suficiente para apartar el hierro del adversario.

 

c)              Si el atacante, cuando está intentando apartar la hoja del arma del adversario, no acierta a encontrarla (libramiento), la prioridad pasa al adversario.

 

t.57.     La parada da derecho a la respuesta. La respuesta simple puede ser directa o indirecta, pero, para anular cualquier acción subsiguiente del adversario, debe ser ejecutada inmediatamente, sin dilaciones ni indecisiones.

 

t.58.     Cuando se ejecuta un ataque compuesto, si el adversario encuentra el hierro durante la realización de unas de las fintas, tiene derecho a la respuesta.

 

t.59.     Cuando se ejecuta un ataque compuesto, el adversario tiene derecho a arrestar, pero, para que el arresto sea válido, debe tocar antes de que el atacante haya iniciado el último movimiento del final del ataque; es decir, el arresto debe llegar antes de que el atacante ejecute el último movimiento de su ataque.

 

Reconocimiento de los tocados

 

t.60.     Al aplicar estas convenciones básicas del florete, el árbitro debe tener en cuenta lo siguiente:

 

1.                        Cuando, durante una frase de armas, ambos tiradores son tocados simultáneamente (golpe doble), hay bien una acción simultánea o bien un tocado doble.

 

2.                        La acción simultánea se debe a la concepción y ejecución simultáneas de un ataque por parte de ambos tiradores, en cuyo caso los tocados intercambiados entre uno y otro se anulan para ambos, incluso cuando uno de los tiradores ha sido tocado fuera de la superficie válida.

 

3.                        El tocado doble es el resultado de una acción incorrecta por parte de uno de los dos tiradores. Por lo tanto, cuando no hay un periodo de tiempo de esgrima entre los tocados:

 

4.                        Sólo se considera tocado el tirador que es atacado:

 

a)                Si realiza el arresto de un ataque simple del adversario;

 

b)                Si, en vez de parar, intenta evitar el tocado y falla;

 

c)                Si, después de ejecutar una parada eficaz, hace una pausa momentánea que da al adversario derecho a renovar el ataque (redoublement, remise o reprise);

 

d)                Si, al tratarse de un ataque compuesto, ejecuta un arresto sin ser el momento para ello;

 

e)                Si, estando en la posición de “punta en línea” (cf. t.10), está siendo sometido a un batimiento o a un cruce de hierros (prise de fer) que aparta su hierro, ataca o coloca la punta del arma de nuevo en línea en vez de ejecutar la parada de una estocada directa realizada por el adversario.

 

5.                        Sólo se considera tocado el tirador que ataca:

 

a)            Si inicia el ataque cuando el adversario está en posición de “punta en línea” (cf. t.10) sin apartar el hierro de este. Los árbitros deben estar atentos a que un simple frotamiento no sea considerado suficiente para apartar el hierro del adversario;

 

b)                Si intenta encontrar el hierro del adversario sin éxito (es decir, es objeto de un libramiento) y continúa el ataque;

 

c)                Si, durante el curso de un ataque compuesto, el adversario encuentra el hierro, pero el atacante continúa con el ataque y el adversario responde inmediatamente;

 

d)                Si, durante el curso de un ataque compuesto, hace una pausa momentánea, durante la cual el adversario ejecuta un arresto mientras el atacante continúa el ataque;

 

e)                Si, durante el curso de un ataque compuesto, sufre un arresto a tiempo por parte del adversario antes de que el atacante haya empezado a realizar el último movimiento;

 

f)                  Si consigue un tocado mediante un remise, un redoublement o un reprise cuando el ataque inicial ha sido parado y el adversario ha ejecutado una respuesta de carácter inmediato, simple y ejecutada en un periodo de tiempo de esgrima sin retirar el arma.

 

6.                        El árbitro debe colocar de nuevo a los tiradores en la posición de en guardia siempre que se produzca un tocado doble y no pueda saber con certeza cuál de los dos tiradores ha cometido la acción incorrecta.

 

Uno de los casos más difíciles de juzgar se plantea cuando se realiza un arresto y hay duda con respecto a si este se ejecutó suficientemente en el momento correcto en relación al movimiento final de un ataque compuesto. Generalmente, en tales casos, el golpe doble se produce debido a la acción incorrecta de ambos tiradores, lo que justifica que el árbitro los coloque de nuevo en posición de en guardia. (La acción incorrecta del atacante consiste en la indecisión, en la lentitud de la ejecución o en la ejecución de fintas que no son suficientemente eficaces. La acción incorrecta del tirador que se defiende consiste en diferir o lentificar la ejecución del arresto).

 

PARTE 3. ESPADA

 

CONVENCIONES DE ESGRIMA

 

1.                        Para establecer la medición correcta de la distancia para practicar la esgrima, los tiradores se sentarán en posición erguida en el centro del asiento de la silla de ruedas. Uno de los dos tiradores doblará el brazo armado con el antebrazo en posición vertical y la parte superior del brazo en posición horizontal y el codo señalando hacia el adversario. El otro tirador con el brazo estirado tocará el borde exterior del codo del adversario con la punta de la espada. A continuación, se cambian los papeles, y cada tirador hace lo que había hecho el otro. En el caso de que los tiradores tengan distinta longitud de brazo, el tirador que tenga el brazo más corto puede elegir una distancia que esté situada entre su distancia y la del adversario. Si no hay acuerdo en este punto entre los tiradores, el árbitro tomará una decisión, y esta decisión será inapelable.

 

Los tiradores que sufran una restricción grave de la capacidad de movimiento (Categoría C) determinarán la distancia correcta para la practica de la esgrima tocando un punto situado a 10 centímetros del borde exterior del codo. Si no hay acuerdo entre los tiradores con respecto a este punto, el árbitro tomará una decisión, y esta decisión será inapelable.

 

La distancia debe establecerse antes de cubrir la superficie no válida con la protección metalizada (véase t.63).

 

Una vez que los dos tiradores se han puesto de acuerdo sobre la distancia correcta para la práctica de la esgrima, esta no puede cambiarse.

 

2.                        Cuando el árbitro dé la orden de “¡En guardia!”, los tiradores adoptarán la posición de en guardia. Esta posición tiene las siguientes características:

 

-                    No hay contacto entre las hojas de las armas.

 

-                    La punta del arma de cada tirador no está situada más allá de la cazoleta del adversario. El árbitro debe asegurarse de que ninguno de los tiradores obtiene ventaja avanzando el brazo significativamente más que su adversario.

 

FORMA DE HACER UN TOCADO

 

t.61.1   La espada es un arma de estocada solamente. Por lo tanto, los ataques con este arma se hacen con la punta y sólo con la punta.

 

2.                        Está prohibido apoyar o arrastrar la punta del arma sobre la pista eléctrica durante la duración efectiva de cada asalto (es decir, entre la orden “¡Adelante!” y la orden “¡Alto!”). Asimismo, está prohibido en todo momento colocar el arma sobre la pista para enderezarla.

 

La violación de estas reglas se sancionará de acuerdo a lo establecido en los Artículos t.114, t.116 y t.120.

 

SUPERFICIE VÁLIDA

 

t.62.     En la espada, la superficie válida incluye la totalidad de la parte superior del cuerpo del tirador. Comprende todas las partes del cuerpo situadas por encima de una línea horizontal imaginaria que pasa por arriba del pliegue formado por los muslos y el tronco del tirador cuando este se encuentra en la posición de en guardia.

 

Cualquier parte de la silla de ruedas situada por encima de esta línea se considera superficie válida (véase la Figura 5).

 

Los tocados realizados en cualquier parte no válida de la silla de ruedas o en la fijación de esta no se considerarán válidos, y, por tanto, serán anulados.

 

t.63.     Unas protecciones metalizadas, que serán entregados a los tiradores por los organizadores, cubrirán las zonas no válidas (cf. m.62), y también “harán tierra” en el señalizador de tocados. No debe cubrir ninguna zona incluida en la superficie válida. Deben colocarse firmemente para que no se muevan, pero sin provocar restricciones en los movimientos de los tiradores. Los clips de la protección deben ser perfectamente visibles para el árbitro. Si los clips se sueltan o se desplazan de su posición, el árbitro debe dar la orden de “¡Alto!” y anular cualquier tocado que se haya producido. Si el señalizador registra un golpe doble producido por un tocado válido y otro dudoso conseguido en la protección metalizada, el tirador que haya conseguido el tocado válido puede elegir entre aceptar el golpe doble o hacerlo anular. (Véase t.67.e).

 


 

 

Figura 5. Superficie válida, posición de en guardia y medición de la distancia correcta para practicar la esgrima en la espada

 

RECONOCIMIENTO DE LOS TOCADOS EN LA ESPADA

 

t.64.1   Las tocados en las competiciones de espada se reconocen mediante un señalizador de tocados.

 

2.                        Cuando los dos tiradores son tocados y el señalizador registra ambos tocados como válidos, se produce un golpe doble, es decir, se concede un tocado a cada uno de los tiradores.

 

Principio básico

 

t.65.     Sólo se tendrán en cuenta las indicaciones del señalizador de tocados para juzgar la materialidad de los tocados. El árbitro no puede adjudicar un tocado a no ser que el tocado haya sido registrado adecuadamente por el señalizador (excepto cuando se trate de un tocado de penalización).

 

Anulación de un tocado

 

t.66.1   Basándose en este principio básico, el árbitro no tendrá en cuenta los tocados que se consigan como resultado de las acciones que:

 

-                    se inicien antes de la orden de “¡Adelante!” o después de la orden de “¡Alto”!;

 

-                    consistan en el contacto entre la punta de las espadas o el contacto con una zona de la pista no aislada;

 

-                    consistan en el contacto con cualquier objeto distinto al adversario, incluyendo su equipamiento (cf. t.36.1, t.67.e).

 

1.                         El tirador que deliberadamente haga que el señalizador de tocados registre un tocado tocando con la punta de la espada en cualquier superficie distinta al adversario, será sancionado según lo dispuesto en los Artículos t.114, t.117 y t.120.

 

t.67.     El árbitro debe tomar nota de los fallos que puedan producirse en el señalizador, y debe anular el último tocado registrado cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias:

 

a)                Si se hace un tocado sobre la cazoleta del tirador contra el cual el señalizador ha registrado el tocado o sobre la parte de la pista dotada de conducción eléctrica y esto ha provocado que el señalizador registre el tocado;

 

b)                Si un tocado conseguido correctamente por el tirador contra el cual se ha registrado el tocado no es registrado por el señalizador.

 

c)                Si el señalizador fortuitamente registra un tocado en el lado del tirador contra el cual se registró el tocado; por ejemplo, debido a un golpe dado con la espada, a cualquier movimiento realizado por el adversario o a cualquier otra causa distinta a un tocado correctamente conseguido.

 

d)                Si el registro de un tocado conseguido por el tirador contra el cual se ha registrado el tocado es anulado por un tocado posterior conseguido por el adversario.

 

e)                Casos especiales:

 

-                     Si se registra un golpe doble y uno de los tocados es válido y el otro no (tal como ocurre cuando se golpea con el arma sobre una superficie distinta al adversario [cf. t.66.1]) o se consigue un tocado después de perder el equilibrio (cf. t.27), sólo se acepta el tocado válido.

 

-                    Si se registra un golpe doble consistente en un tocado válido y otro dudoso (fallo del señalizador de tocados), el tirador que ha conseguido el tocado válido puede elegir entre aceptar el golpe doble o hacerlo anular.

 

t.68.     El árbitro debe asimismo aplicar las siguientes reglas con respecto a la anulación de los tocados:

 

a)                Sólo se puede anular el último tocado anterior a la detección del fallo en el señalizador de tocados, y, en tal caso, sólo el tirador contra el cual se ha registrado el tocado queda en posición de desventaja por culpa del fallo en el señalizador.

 

b)                El fallo en el señalizador de tocados debe determinarse mediante pruebas de comprobación que se realizarán inmediatamente después de que el árbitro pare el asalto. Estas pruebas deben llevarse a cabo bajo la supervisión del árbitro y sin cambiar nada del equipamiento que se está utilizando en ese momento.

 

c)                El objetivo de estas pruebas de comprobación es sólo intentar determinar si existe o no la posibilidad de que se haya producido un error en la decisión del árbitro debido a un fallo técnico. El lugar del sistema eléctrico en el que se haya producido el fallo (incluyendo el equipamiento eléctrico de los tiradores) no es importante a la hora de tomar una decisión.

 

d)                Si un tirador hace cualquier tipo de cambio o modificación en su equipamiento sin que el árbitro se lo haya pedido o antes de que el árbitro haya tomado una decisión, perderá el derecho que le asiste a la anulación del tocado (cf. t.35.2.d). Asimismo, después de que los tiradores se coloquen de nuevo en la posición de en guardia y una vez que el asalto se haya reiniciado de forma efectiva, los tiradores no podrán solicitar la anulación de un tocado registrado contra él antes de que el asalto se reinicie de forma efectiva.

 

e)                No es necesario que, con el fin de justificar la anulación de un tocado, el fallo detectado en el señalizador de tocados se repita cada vez que se realiza una prueba de comprobación, pero es esencial que el árbitro pueda determinar el fallo sin lugar a dudas al menos una vez.

 

f)                  Si se producen los incidentes que se mencionan en el Artículo t.67 debido a que se han desconectado las clavijas de contacto del pasante de un tirador (ya sea cerca de la mano o en la espalda), la anulación del tocado registrado no se puede justificar apelando a dicho incidente.

 

No obstante, si se pierde o no funciona el dispositivo de seguridad que se describe en el Artículo m.55.4, el tocado debe ser anulado si las clavijas de contacto del pasante de la espalda del tirador se han desconectado.

 

g)                El hecho de que la espada de un tirador tenga zonas de aislamientos grandes o pequeñas formadas por oxidación, pegamento, pintura o cualquier otro material en la cazoleta, en la hoja o en cualquier otra parte del arma en las que el adversario golpea puede hacer que un tocado sea registrado por el señalizador de tocados. Asimismo, el hecho de que la punta eléctrica esté mal fijada al extremo de la espada, de tal forma que se pueda desenroscar o apretar a mano, no puede servir para justificar la anulación de los tocados registrados contra el tirador que tenga la punta de la espada en dichas condiciones.

 

h)                Cuando un tirador contra el cual se ha registrado un tocado rompe la hoja de la espada, el tocado debe ser anulado a no ser que la rotura de la hoja se haya producido sin lugar a dudas después de que se haya registrado el tocado.

 

i)                   Si un tirador rompe la zona de la pista equipada con corriente eléctrica debido a un golpe dado con el arma en el suelo, y, al mismo tiempo, el señalizador registra un tocado contra el adversario, el tocado debe ser anulado.

 

j)                   En cualquier caso en el que, debido a una causa accidental, no se puedan realizar las pruebas de comprobación, el tocado se considerará dudoso y debe ser anulado.

 

k)                El árbitro debe prestar especial atención a los tocados que no se registran o que se registran de forma anómala. Si estos fallos se repiten, el árbitro debe pedir a los miembros del Comité de Equipamiento y Dispositivos Eléctricos que estén presentes en la sala o a un técnico experto en la materia que se encuentre en la sala que comprueben que el sistema eléctrico se ajusta a las reglas. El árbitro debe asegurarse de que no se ha cambiado ni modificado nada en el equipamiento de los tiradores ni en ninguna otra parte del sistema eléctrico antes de que el técnico proceda a realizar las pruebas de comprobación.

 

t.69.     El árbitro debe supervisar el estado de la zona de la pista equipada con corriente eléctrica, y no debe permitir que el asalto empiece o continúe si esta zona tiene agujeros que podría afectar negativamente al registro normal de los tocados o provocar accidentes. (Los organizadores deben hacer todo lo posible para que la pista se repare con rapidez o se sustituya por otra).

 

PARTE 4. SABLE

 

CONVENCIONES DE ESGRIMA

 

1.                        Para establecer la distancia correcta para la práctica de la esgrima, los tiradores se sentarán en el centro del asiento de la silla de ruedas. Uno de los tiradores doblará el brazo armado con el antebrazo en posición vertical, la parte superior del brazo en posición horizontal y el codo señalando al adversario. El otro tirador con el brazo estirado tocará el borde exterior del codo del adversario con la punta del sable. A continuación, se cambian los papeles y cada tirador hace lo que había hecho el otro. En el caso de que los tiradores tengan una longitud de brazo distinta, el tirador que tenga el brazo más corto puede elegir una distancia que se encuentre entre su distancia y la del adversario. Si no hay acuerdo entre los tiradores en este punto, el árbitro tomará una decisión, y esta decisión será inapelable.

 

Los tiradores que sufran una restricción grave de la capacidad de movimiento (Categoría C) establecerán la distancia correcta para la práctica de la esgrima tocando un punto situado a una distancia de 10 centímetros del borde exterior del codo. Si los tiradores no se ponen de acuerdo sobre este punto, el árbitro tomará una decisión, y esta decisión será inapelable.

 

Una vez que los tiradores se han puesto de acuerdo sobre la distancia correcta para la practica de la esgrima, esta no puede cambiarse.

 

2.                        Cuando el árbitro dé la orden de “¡En guardia!”, los tiradores adoptarán la posición de en guardia, que tiene las siguientes características:

 

-                    No hay contacto entre las hojas de las armas.

 

-                     La punta del arma de cada tirador no está situada más allá de la cazoleta del adversario. El árbitro debe asegurarse de que ninguno de los tiradores obtiene ventaja avanzando el brazo significativamente más que su adversario.

 

FORMA DE HACER UN TOCADO

 

t.70.     1. El sable es un arma de estocada, de filo y de contrafilo.

 

2.                        Todos los tocados conseguidos con el filo, el contrafilo o la parte plana de la hoja son válidos (cortes y contra-cortes).

 

3.                        Está prohibido golpear con la cazoleta del sable. Por lo tanto, cualquier tocado que se consiga golpeando con la cazoleta debe ser anulado, y el tirador que haya realizado el golpe será sancionado de acuerdo con lo establecido en los Artículos t.114, t.116 y t.120.

 

4.                        Los golpes con la punta del arma que resbalen sobre la superficie válida y los cortes que únicamente rocen esta superficie (golpes pasé) no se contarán como tocados.

 

5.                        Los golpes en los que se toca al mismo tiempo la superficie válida y el sable del adversario se consideran tocados válidos, siempre y cuando el golpe toque sin lugar a dudas en la superficie válida.

 

6.                        En todo momento está prohibido apoyar el arma en la pista para enderezarla. Las infracciones de esta regla se sancionarán de acuerdo con lo establecido en los Artículos t.114, t.116 y t.120.

 

 

Figura 6. Superficie válida, posición de en guardia y medición de la distancia en el sable

 

SUPERFICIE VÁLIDA

 

t.71.     Sólo se considerarán válidos los tocados conseguidos en la superficie válida.

 

La superficie válida en el sable incluye cualquier parte del cuerpo del adversario que se encuentre por encima de una línea horizontal imaginaria que pasa por la parte superior del pliegue formado por las caderas y el tronco del tirador cuando este se encuentra en la posición de en guardia (véase la Figura 6).

 

t.72.1   Un golpe que dé en cualquier parte situada fuera de la superficie válida no se considera un tocado, no detiene la frase de armas ni anula los tocados subsiguientes.

 

2.                        Si un tirador sustituye una zona de la superficie válida por una zona no válida, ya sea cubriéndola o realizando un movimiento irregular, será sancionado por el árbitro de acuerdo con lo establecido en los Artículos t.114, t.116 y t.120, y los tocados conseguidos de esta forma por el tirador que ha cometido la infracción serán anulados.

 

RECONOCIMIENTO DE LOS TOCADOS EN EL SABLE

 

MATERIALIDAD Y ANULACIÓN DE UN TOCADO

 

t.73.     En las competiciones de sable, los tocados se deciden con la ayuda de un señalizador de tocados.

 

1.                        Para reconocer la materialidad de un tocado, sólo se tendrán en cuenta las señales del señalizador de tocados. El árbitro no puede reconocer un tocado a no ser que este se haya registrado adecuadamente en el señalizador (excepto en el caso de los tocados de penalización). El árbitro no reconocerá los tocados que se consigan mediante acciones que se han iniciado antes de la orden “¡Adelante!” o después de la orden “¡Alto!” (cf. t.18.1-3).

 

2.                        No obstante, el árbitro debe tener en cuenta cualquier posible fallo del señalizador de tocados, y, especialmente, debe anular cualquier tocado que acabe de conceder teniendo en cuenta la señal que ha aparecido en el señalizador de tocados si se puede determinar mediante la realización de las correspondientes pruebas de comprobación, llevadas a cabo bajo la supervisión del árbitro, antes de que el asalto se haya reiniciado de forma efectiva y sin que se haya producido ningún cambio ni modificación en el equipamiento, la existencia de alguna de las siguientes causas:

 

-                    que un tocado que se ha considerado válido no ha sido registrado por el señalizador;

 

-                    que la señal de un tocado que se ha considerado válido no queda fija en el señalizador.

 

-                    que la señal indicativa de un tocado contra el tirador que se considera que ha sido tocado se produce sin que haya habido un tocado efectivo, o que esta señal se produce debido al tocado sobre una superficie no válida o sobre el arma del adversario.

 

2.                        Si el sable del tirador que se considera que ha sido tocado no se ajusta a lo dispuesto en el Artículo m.24.6-8 (asilamiento del interior y el exterior de la cazoleta, del puño y del pomo), no habrá anulación del tocado, ni siquiera cuando el golpe dado sobre el arma provoque una señal de tocado en el señalizador.

 

3.                        El árbitro debe aplicar las siguientes reglas:

 

a)      Sólo se puede anular el último tocado conseguido antes de que se detectara el fallo en el señalizador.

 

b)                Si un tirador hace algún cambio o modificación en su equipamiento sin que el árbitro se lo pida, antes de que el árbitro haya comunicado cuál es su decisión, pierde el derecho que le asiste a que se anule el tocado (cf. t-35.2.d).

 

c)                c)     Si el asalto se ha reiniciado de forma efectiva, el tirador no puede solicitar la anulación de un tocado reconocido contra él antes de que el asalto se reiniciara.

 

d)                El lugar del sistema (incluyendo el equipamiento de los tiradores) en el que se ha producido el fallo no tiene importancia a la hora de tomar una decisión sobre si se debe o no anular un tocado.

 

e)                No es necesario que el fallo se observe de nuevo cada vez que se realiza una prueba de comprobación, pero es esencial que el árbitro tenga constancia del fallo sin lugar a dudas al menos una vez durante la realización de las pruebas de comprobación que él mismo lleve a cabo o que se realicen bajo su supervisión.

 

f)                  Cuando el tirador contra el cual se ha registrado un tocado rompe la hoja del arma, el tocado debe anularse, a no ser que la rotura de la hoja del arma se haya producido sin lugar a dudas después de que el tocado se haya registrado.

 

g)                El árbitro debe prestar especial atención a los tocados que no se registran o se registren de forma incorrecta. Si estos fallos se repiten, el árbitro debe pedir a un miembro del Comité de Equipamiento y Dispositivos Eléctricos o a un técnico experto en la materia que se encuentre presente en la sala que compruebe que el equipamiento eléctrico se ajusta a las reglas.

 

h)                Siempre que, debido a una causa accidental, no sea posible llevar a cabo las pruebas de comprobación, el tocado se considerará dudoso, y, por lo tanto, debe anularse.

 

i)                   Si hay señales en ambos lados del señalizador de tocados, el árbitro aplicará las reglas del Artículo t.80

 

j)                   De acuerdo con lo establecido en las reglas generales (cf. 18.5), el árbitro debe detener el asalto, incluso cuando no se ha registrado ningún tocado en el señalizador, siempre que la esgrima se vuelva confusa y, como consecuencia, el árbitro no pueda ya analizar la frase de armas.

 

VALIDEZ O PRIORIDAD DEL TOCADO

 

Principio básico

 

t.74.     El árbitro, y sólo el árbitro, por sí mismo debe decidir sobre la validez o prioridad del tocado aplicando las siguientes reglas básicas, que constituyen las convenciones aplicables al sable.

 

Análisis de las frases de armas

 

t.75.1   Cualquier ataque ejecutado correctamente (cf. t.7) debe ser parado o completamente esquivado y la frase de armas debe continuar.

 

2.                        El ataque se ejecuta correctamente cuando el tirador con el brazo extendido, con la punta o el borde cortante de la hoja del arma, amenaza continuamente la superficie válida del adversario antes de proceder al inicio de la acometida.

 

3.                        El ataque por marchar y fondo (ataque con acometida) se ejecuta correctamente:

 

a)              en el caso del ataque simple (cf. t.8.1), cuando el comienzo del alargamiento del brazo precede al lanzamiento de la acometida y el tocado llega, como muy tarde, en el final del fondo.

 

b)              en el caso del ataque compuesto (cf. t.77.1), cuando el comienzo del alargamiento del brazo se produce en la presentación correcta de la primera finta (cf. t.77.1), precede al lanzamiento de la acometida y el tocado llega, como muy tarde, en el final del fondo.

 

t.76.     Para valorar la corrección del ataque debe tenerse en cuenta lo siguiente:

 

a)                Si el ataque se inicia cuando el adversario está en la posición de “punta en línea” (cf. t.10), el atacante debe apartar previamente el arma del adversario. Los árbitros deben asegurarse de que un simple contacto de los hierros no se considere suficiente para apartar el arma del adversario.

 

b)                Si, al intentar encontrar el hierro del adversario para apartarlo, éste no se encuentra (libramiento), el derecho de ataque pasa al adversario.

 

c)                Si el ataque comienza cuando el hierro del adversario no está “en línea”, el ataque debe completarse directamente, con una retirada o con una transición, o bien ser precedido de fintas (cf. t.77.1) que obliguen al adversario a realizar una parada.

 

t.77.1   En los ataques compuestos, la finta debe ejecutarse correctamente, es decir:

 

a)                Una finta con estocada, con extensión del brazo y la punta del arma amenazando continuamente la superficie válida.

 

b)                Una finta con corte con el filo, con extensión del brazo y la hoja del arma y el brazo formando un ángulo obtuso de aproximadamente 135º, con el filo cortante amenazando una zona de la superficie válida.

 

2.                        Si, durante la ejecución de un ataque compuesto, el adversario encuentra el hierro durante una de las fintas, tiene derecho a la respuesta.

 

3.                        En un ataque compuesto, el adversario tiene derecho a arrestar, pero, para que el arresto sea válido, debe realizarse antes del último movimiento del ataque, con una antelación de al menos un periodo de tiempo de esgrima (es decir, el arresto debe llegar antes de que el atacante haya iniciado el último movimiento del ataque).

 

t.78.     Ataque con batimiento de las armas:

 

a)                El ataque con batimiento de las armas se ejecuta correctamente y mantiene su prioridad cuando dicho batimiento se realiza en la parte del hierro del adversario situado entre la mitad y la punta (es decir, en los dos tercios finales de la hoja).

 

b)                En un ataque con batimiento de las armas, cuando el batimiento se hace en la parte superior de la hoja (es decir, en el primer tercio o tercio más próximo a la cazoleta), se considera que el ataque ha sido ejecutado incorrectamente y el adversario tiene derecho a ejecutar una respuesta inmediata.

 

t.79.1   La parada da derecho a la respuesta. Una respuesta simple puede ser directa o indirecta, pero para anular cualquier movimiento subsiguiente realizado por el atacante, debe ser ejecutada inmediatamente, sin dudar ni detenerse.

 

2.                        Frente a los golpes con el filo, el contrafilo o la parte plana del arma, el objetivo de la parada es impedir el tocado realizado por el adversario sobre una zona de la superficie válida; por lo tanto:

 

a)              La parada se ejecuta correctamente cuando, antes de completar el ataque, impide la llegada de este cerrando la línea en la cual el ataque ha de terminar.

 

b)              Cuando una parada se ejecuta correctamente, se considera que el ataque realizado por el adversario ha sido parado, y juzgado como tal por el árbitro, incluso cuando, debido a su flexibilidad, la punta del arma del adversario entra en contacto con la superficie válida.

 

Reconocimiento de los tocados

 

t.80.     El árbitro debe aplicar estas convenciones básicas del sable, y tener en cuenta lo siguiente:

 

1.                        Cuando, durante una frase de armas, ambos tiradores son tocados simultáneamente (golpe doble) se produce bien una acción simultánea o bien un tocado doble. La acción simultánea se debe a la concepción y ejecución simultáneas de un ataque por parte de ambos tiradores, en cuyo caso los tocados conseguidos por los dos tiradores son anulados para ambos.

 

2.                        El golpe doble es el resultado de una acción claramente incorrecta por parte de uno de los dos tiradores. Por lo tanto, cuando no hay un intervalo de tiempo de esgrima entre los dos tocados del golpe doble:

 

3.                        Se considera que ha sito tocado sólo el tirador que está siendo atacado:

 

a)                Si hace un arresto del ataque simple del adversario;

 

b)                Si, en lugar de realizar una parada, intenta evitar el tocado y no lo consigue;

 

c)                Si, después de realizar una parada eficaz, hace una pausa momentánea (respuesta diferida) que da al adversario el derecho a renovar el ataque (redoublement, remise o reprise);

 

d)                Si, durante el curso de un ataque compuesto, realiza un arresto sin ser el momento adecuado;

 

e)                Si, estando en la posición de “punta en línea” (cf. t.10) y sometido a un batimiento o cruce de armas (prise de fer) que aparta su hierro, ataca o se coloca de nuevo en la posición de “punta en línea” en vez de parar una estocada o tajo directo realizado por el adversario.

 

4.                        Se considera que ha sido tocado sólo el tirador que está realizando el ataque:

 

a)                Si inició el ataque cuando el adversario se encontraba en la posición de “punta en línea” y sin apartar el hierro de éste. Los árbitros deben asegurarse de que un simple contacto de los hierros no se considere suficiente para apartar el arma del adversario.

 

b)                Si intenta encontrar el hierro del adversario, no lo consigue (libramiento) y continúa atacando.

 

c)                Si, durante el curso de un ataque compuesto, permite a su adversario encontrar hierro y continúa el ataque mientras el adversario responde inmediatamente.

 

d)                Sí, durante el curso de un ataque compuesto, dobla el brazo o hace una pausa momentánea durante la cual el adversario realiza un arresto o un ataque mientras el atacante continúa con su propio ataque.

 

e)                Si, durante el curso de un ataque compuesto, es arrestado en un periodo de tiempo de esgrima anterior al movimiento final del ataque.

 

f)                  Si consigue un tocado mediante un remise, redoublement o reprise después de que el adversario haya realizado una parada que ha sido seguida de una respuesta inmediata, simple y ejecutada en un periodo de tiempo de esgrima sin retirar el brazo.

 

5.                        Cuando se produce un golpe doble y el árbitro no puede decidir con certeza cuál de los dos tiradores ha realizado la acción incorrecta, debe colocar de nuevo a los tiradores en la posición de en guardia.

 

Uno de los casos más difíciles de juzgar se plantea cuando se realiza un arresto y hay duda con respecto a si este se ejecutó suficientemente en el momento correcto en relación al movimiento final de un ataque compuesto. Generalmente, en tales casos, el golpe doble se produce debido a la acción incorrecta de ambos tiradores, lo que justifica que el árbitro los coloque de nuevo en la posición de en guardia. (La acción incorrecta del atacante consiste en la indecisión, en la lentitud de la ejecución o en la ejecución de fintas que no son suficientemente eficaces. La acción incorrecta del tirador que se defiende consiste en diferir o lentificar la la ejecución de arresto).


 

PARTE 5. NORMAS DISCIPLINARIAS PARA LAS COMPETICIONES2

 

CAPÍTULO 1. APLICACIÓN

 

Personas sujetas a estas normas

 

t.81.1   Las normas de esta Parte son aplicables a todas las personas que participen o estén presentes, cualquiera sea su cargo, papel o responsabilidad, en una competición internacional de esgrima (organizadores, directivos, árbitros, tiradores, capitanes de equipo, entrenadores, espectadores, etc.), con independencia de cual sea su nacionalidad.

 

2.                        A partir de ahora, a efectos de simplificación, todas estas personas son denominadas “esgrimistas”.

 

Mantenimiento del orden y de la disciplina

 

t.82.1   Los esgrimistas deben observar estricta y fielmente las reglas y los estatutos de la IWF y de la IWAS, así como las reglas y normas específicas de las competición en la que participen, las normas acostumbradas de cortesía y buenas maneras y las instrucciones de los directivos.

 

2.                        En especial, de forma ordenada, disciplinada y deportiva, los esgrimistas se atendrán a las normas de esta Parte, teniendo en cuenta que cualquier violación de las mismas puede conllevar la correspondiente sanción por parte de las autoridades disciplinarias competentes con, incluso sin, previo aviso, dependiendo de los hechos y circunstancias que concurran en cada caso (cf. t.113-t.120).

 

3.                        Todas las personas que participen o estén presentes en un competición de esgrima deben permanecer en orden y no alterar el curso normal de la competición. Durante los asaltos, no se permite que nadie se acerque a la pista, dé instrucciones o consejos a los tiradores, critique al árbitro o a los jueces, los insulte o intente influir, de cualquier forma, en sus decisiones. Incluso el capitán del equipo debe permanecer en el espacio que se le asigne, y puede intervenir únicamente en las situaciones y en las circunstancias que se contemplan en el Artículo t.90 del Reglamento. El árbitro debe parar de inmediato cualquier acción que afecte negativamente al normal desarrollo del asalto que está arbitrando (cf. t.96.1-3).

 

4.                        Está prohibido fumar en la sala de competición. La violación de esta norma se considera una alteración del normal desarrollo de la competición (cf. t.83).

 

Cualquier violación de estas normas se sancionará de acuerdo a lo establecido en los Artículos t.114, t.118 y t.120.

 

t.83.     El árbitro y/o el Directorio Técnico, por sí mismo o a petición de un delegado oficial de la IWF o del Comité Organizador, puede decidir expulsar de las instalaciones en las que se está celebrando la competición, con o sin aviso previo, a cualquier persona que, debido a sus acciones, actitud, gestos o palabras, altere el orden o el normal desarrollo de la competición.

 

2                           Las sanciones relacionadas con el Código Publicitario aparecen en el Anexo correspondiente.

 

Los competidores

 

Juramento o promesa

 

t.84.     Por el mero hecho de participar en una competición de esgrima, los tiradores juran o prometen por su conciencia y honor observar las reglas y las decisiones de los directivos, ser respetuosos con los árbitros y jueces y obedecer escrupulosamente las órdenes e instrucciones dadas por los árbitros (cf. t.114, t.116. t.120).

 

Negativa a entrar en combate

 

t.85.1   Ningún tirador o equipo de esgrima perteneciente a una federación nacional que sea miembro de la IWAS podrá participar en una competición oficial si se niega a entrar en combate con cualquier otro tirador o equipo que esté correctamente inscrito en la competición en cuestión. Si se infringe esta norma, el tirador o equipo será descalificado de inmediato.

 

2.                        La IWF decidirá si existen o no motivos y fundamentos disciplinarios suficientes para sancionar a la federación nacional a la cual pertenezca el tirador o equipo descalificado (cf. Estatutos y Reglamentos de la IWF/IWAS y Artículo t.129 del Reglamento).

 

Presentación a la hora y en el lugar indicados

 

t.86.1   Los tiradores, completamente equipados con el equipamiento ajustado a las reglas (cf. t.43, t.45) y preparados para competir, deben estar en el lugar y a la hora que se les haya asignado para empezar los combates, eliminatorias directas, match o asaltos, o a la hora que se les haya indicado para proceder a la comprobación del equipamiento antes del comienzo del asalto (cf. t.43.1-3), así como durante toda la competición siempre que el árbitro lo requiera.

 

2.                        Cuando se presenten para disputar un asalto, los tiradores deben llegar a la pista completamente preparados para competir (ropa reglamentaria, chaleco abrochado, guantes puestos, arma en la mano, clavijas de contacto del pasante conectadas). La máscara se llevará en la mano no armada.

 

Antes de empezar el asalto, los tiradores deben recogerse el pelo y colocarlo dentro de la ropa y/o la máscara de tal forma que:

 

-                    no cubra una parte de la superficie válida, y, por tanto, no impida que se registre un tocado conseguido por el adversario.

 

-                    no tape el nombre y la nacionalidad del tirador.

 

-                    el tirador no tenga que estar apartándose el pelo durante el asalto, ya que esto supondría una interrupción del mismo.

 

En caso de violación de esta regla, el árbitro aplicará las sanciones correspondientes a las infracciones del primer grupo (t.114, t.116, t.120).

 

3.                        Bajo ninguna circunstancia se permitirá a los tiradores vestirse o desvestirse en público, excepto en caso de que se haya producido un accidente debidamente reconocido por el médico presente en la sala o por el representante de la Comisión Médica (cf. t.87.8, t.114, t.116, t.120).

 

4.                        Los tiradores deben llegar a la pista para disputar los asaltos que les corresponden siempre con dos armas (una de ellas de repuesto), y ambas deben ajustarse a lo establecido en las normas y estar en perfectas condiciones de uso (cf. t.45.1, t.114, t.116, t.120).

 

5.                        Antes de empezar los asaltos no eliminatorios, el match por equipos o los asaltos de eliminación directa:

 

i)                   Los tiradores o equipos completos que no se presenten al árbitro cuando este llame a los competidores por primera vez diez minutos antes de la hora prevista para el comienzo para que vengan a la pista para empezar el combate no eliminatorio, el match por equipos o los asaltos de eliminación directa serán eliminados

 

ii)                 Se considera que un equipo está completo cuando están presentes al menos tres tiradores que puedan formar un equipo de acuerdo con la reglas de la IWF para las competiciones por equipos (o.42).

 

iii)               En un match por equipos, sólo podrán participar los miembros del equipo (los tiradores, el capitán y un entrenador [cf. Artículo t.92.4]) que estén presentes cuando tenga lugar el primer llamamiento del árbitro (diez minutos antes de la hora prevista para el comienzo del match).

 

6.                        Durante el curso de una competición, individual o por equipos, si un tirador no se presenta en la pista preparado para competir cuando así lo ordene el árbitro:

 

-                    El tirador o miembro del equipo que no se presente será amonestado con una tarjeta amarilla;

 

-                    El árbitro realizará un segundo llamamiento un minuto después del primero, y el tirador o miembro del equipo que no se presente a este segundo llamamiento será sancionado con una tarjeta roja;

 

                 A continuación, el árbitro realizará un tercer llamamiento un minuto después del segundo, y el tirador (si se trata de una competición individual) o la totalidad del equipo (si se trata de una competición por equipos) será eliminado si no hay respuesta a este tercer llamamiento.

 

7.                        Si un tirador abandona un asalto y se va de la pista (cf. 18.6), será sancionado de acuerdo con lo establecido en los Artículos t.114, t.116 y t.120.

 

Normas de cortesía

 

t.87.1   Los tiradores deben practicar la esgrima con lealtad y deportividad, observando estrictamente las reglas de libro. Cualquier violación de tales reglas se sancionará según lo establecido en este Reglamento (véase más adelante) (cf. t.114-t.120).

 

2.                        Todos los asaltos deben preservar el carácter de la esgrima como deporte, y. en consecuencia, deben ser enfrentamientos nobles y caballerosos. Cualquier acción irregular que se produzca durante los asaltos (esgrima desordenada, movimientos irregulares sobre la pista, tocados conseguidos con violencia, tocados conseguidos mientras se perdía el equilibrio) está estrictamente prohibida (cf. t.114-t.120). Si se produce alguna infracción, el tocado conseguido por el tirador que ha cometido la infracción será anulado.

 

3.                        Antes de empezar el asalto, los tiradores deben saludarse. Asimismo, deben saludar al árbitro y a los espectadores. Cuando se consigue el tocado final, el asalto no termina hasta que los tiradores no se hayan saludado de nuevo, así como al árbitro y a los espectadores. En consecuencia, una vez conseguido el tocado final del asalto, los tiradores deben permanecer en la pista mientras el árbitro está pensando la decisión que va a tomar. Cuando el árbitro ha tomado una decisión y la ha hecho pública, los tiradores deben saludarse y darse la mano. Si uno o los dos tiradores no cumplieran estas reglas, el árbitro le o los suspenderá para el resto de la competición que está teniendo lugar en ese momento y para las dos siguientes competiciones de la IWF en el arma en la que hayan cometido la infracción (cf. t.114, t.119, t.120). No obstante, seguirán siendo válidos los puntos o títulos que los infractores hubiesen conseguido antes de cometer la infracción.

 

4.                        Falta de combatividad

 

a)                Por parte de uno de los dos tiradores:

 

Después de 20 segundos de falta de combatividad por parte de uno de los dos tiradores, el árbitro sancionará al tirador inactivo de acuerdo con lo establecido en los Artículos t.114, t.116 y t.120.

 

Al contrario de que lo sucede en el caso de que la falta de combatividad afecte a los dos tiradores, el árbitro no pasará al siguiente periodo ni al último minuto.

 

b)                Por parte de los dos tiradores:

 

Cuando los dos tiradores muestren falta de combatividad, el árbitro dará inmediatamente la orden de “¡Alto!” y procederá tal y como se describe en el apartado 5, si se trata de una competición individual, y en el apartado 6 si se trata de una competición por equipos.

 

5.                        Competiciones individuales

 

a)                Si durante los dos primeros periodos de un asalto de eliminación directa se observa claramente la falta de deseo o de motivación de combatir* por parte de los tiradores, el arbitro les amonestará mediante una tarjeta amarilla y pasará al siguiente periodo sin el descanso de un minuto.

 

b)                Si la infracción se repite, sancionará a cada tirador con un tocado de penalización (tarjeta roja) y pasará al siguiente periodo sin el descanso de un minuto.

 

c)                Si, durante el tercer periodo, ambos tiradores muestran una falta evidente de deseo o motivación de combatir* en un asalto de eliminación directa:

 

i)                       si la infracción no se ha producido durante los periodos anteriores, el árbitro amonestará a cada uno de los tiradores con una tarjeta amarilla y pasará al último minuto de esgrima;

 

ii)                     si la infracción ya se ha producido durante los periodos anteriores, el árbitro sancionará a ambos tiradores con un tocado de penalización (tarjeta roja) y pasará al último minuto de esgrima.

 

Este último minuto de esgrima, que debe disputarse en su totalidad, será decisivo, y, antes de que empiece, el árbitro echará a suertes quién es el ganador, en caso de que al final del minuto los tiradores estén empatados.

 

6.                        Competiciones por equipos

 

a)                Si los dos equipos muestran una falta evidente de deseo o motivación de combatir* durante un match entre equipos, el árbitro amonestará a ambos con una tarjeta amarilla y pasará al siguiente asalto.

 

b)                Si la infracción se repite, el árbitro sancionará a ambos equipos con un tocado de penalización (tarjeta roja) y pasará al siguiente asalto, y así sucesivamente hasta el último asalto

 

c)                 Si ambos equipos muestran una falta evidente de deseo o motivación de combatir* durante el último asalto:

 

i)                   si la infracción no se ha producido durante los asaltos anteriores, el árbitro amonestará a ambos equipos con una tarjeta amarilla y pasará al último minuto de esgrima;

 

*Falta evidente de deseo o motivación de combatir:

 

Si se cumplen dos de los siguientes criterios, se considerará que existe una falta evidente de deseo o motivación de combatir:

 

 

1.                              Criterio temporal: un minuto de esgrima sin que se haya producido ningún tocado.

 

2.                              Ausencia de contacto entre las hojas de las armas.

 

 

3.                              Distancia excesiva entre los tiradores (mayor que la distancia de una acometida de un solo paso adelante).

 

ii)                 si la infracción ya se ha producido durante los asaltos anteriores, el árbitro sancionará a ambos equipos con un tocado de penalización (tarjeta roja) y pasará al último minuto de esgrima.

 

Este último minuto de esgrima, que debe disputarse en su totalidad, será decisivo, y, antes de que empiece, el árbitro echará a suertes quién es el ganador, en caso de que al final del minuto los equipos estén empatados.

 

7.                        El tirador, con independencia de que se encuentre dentro o fuera de la pista, debe tener la máscara puesta hasta que el árbitro dé la orden de “¡Alto!”. Bajo ninguna circunstancia el tirador puede dirigirse al árbitro hasta que este no haya hecho pública su decisión (cf. t.114, t.116, t.120).

 

8.                        Bajo ninguna circunstancia, los tiradores podrán quitarse la ropa en la pista, ni siquiera para cambiar de pasante (cf. t.114, t.116, t.120).

 

9.                         Al terminar el asalto, el árbitro llamará a los dos tiradores al centro de la pista para comunicarles el resultado, que, a continuación, será comunicado al Directorio Técnico. Al comunicar el resultado, el árbitro debe decir claramente:

“X ha vencido a Y con la siguiente puntuación…”.

 

Esfuerzo personal

 

t.88.     Los tiradores deben competir lo mejor que saben y dentro de sus posibilidades y manteniendo siempre una actitud deportiva y de juego limpio, esforzándose al máximo hasta el final de la competición con el objetivo de conseguir la mejor calificación posible sin renunciar a conseguir tocados y sin pretender ser favorecido con tocados conseguidos por otros (cf. t.114, t.119. t.120).

 

El director del equipo

 

t.89.     En todas las competiciones, los tiradores de una misma nacionalidad deben ser dirigidos por un director de equipo (que puede o no ser tirador). El director del equipo responde ante el Directorio Técnico o el Comité Organizador de la .competición en lo que respecta a la disciplina, el comportamiento y la deportividad de los miembros del equipo que dirige.

 

El capitán del equipo

 

t.90.1   En las competiciones por equipos, sólo el capitán del equipo tiene derecho a estar cerca de los tiradores de su equipo cerca de la pista en el lugar que se le asigne, así como a dirigirse al presidente del Directorio Técnico, etc. para tratar de asuntos técnicos o presentar una protesta.

 

2.                        Los miembros del equipo, que deben acatar escrupulosamente las decisiones del capitán del equipo, no asumen ninguna responsabilidad ante las autoridades correspondientes. Sin embargo, son personalmente responsables por cualquier acción que lleven a cabo sobre la que el capitán del equipo no tenga autoridad, y por cualquier infracción del reglamento que ellos mismos cometan.

 

Los árbitros y los jueces

 

t.91.     Los miembros del jurado deben cumplir con sus obligaciones no sólo con total imparcialidad, sino también con la máxima atención y diligencia (cf. t.34.1).

 

Los instructores, entrenadores y técnicos

 

t.92.1   No se permite a los instructores, entrenadores y técnicos permanecer cerca de los tiradores en el recinto de la pista durante la competición.

 

2.                        El árbitro puede, cuando lo considere necesario, autorizar a una persona a acercarse para ayudar a un tirador.

 

3.                        Los países que tengan un tirador compitiendo en la ronda de la competición que esté teniendo lugar en ese momento pueden designar a un máximo de dos personas que tienen derecho a permanecer cerca de la pista, fuera de ella, pero cerca de un punto de acceso. Los organizadores deben acotar un espacio para estas personas.

 

4.                         En las competiciones por equipos, debe haber zonas acotadas para los miembros de los equipos. Sólo el capitán del equipo y un entrenador tienen derecho a estar con los tiradores del equipo dentro de la zona acotada.

 

Es conveniente que la zona acotada para cada equipo esté marcada en el suelo con rayas amarillas o por cualquier otro método. Debe tener una superficie de al menos 9 m2 y estar situada entre 2 y 6 m de cada extremo del recinto de la pista y fuera de éste que tiene unas medidas de 18 m? 8 m.

 

5.                        Durante los match por equipos, los miembros del equipo que no estén compitiendo en ese momento deben permanecer en la zona acotada correspondiente.

 

6.                        Durante las competiciones por equipos, nadie puede entrar en el recinto de la pista sin permiso del árbitro. Si alguien comete esta infracción, el árbitro sancionará al equipo de acuerdo con lo establecido en los Artículos t.114, t.116 y t.120. Cualquier amonestación hecha a un equipo es válida para todo el match. Si un tirador durante el mismo match comete de nuevo una infracción del primer grupo, el árbitro lo sancionará en cada ocasión con una tarjeta roja.

 

Los espectadores

 

t.93.     Los espectadores están obligados a no interferir en el desarrollo de la competición, no hacer nada que pudiera influir en los tiradores o en el árbitro, y respetar las decisiones de este, incluso cuando no estén de acuerdo con las mismas. Deben obedecer las instrucciones que el árbitro considere necesario darles (cf. t.82.3/4, t.118, t.120).

 

CAPÍTULO 2. LAS AUTORIDADES DISCIPLINARIAS Y SUS COMPETENCIAS

 

Los siguientes artículos regulan únicamente la disciplina en los recintos en los que tienen lugar las competiciones. Dependiendo de la gravedad de la infracción, no se excluye la posibilidad de aplicar los Códigos Disciplinarios de los Estatutos y Reglamentos de la IWF y de la IWAS, que vienen a completar los siguientes artículos e, incluso, si es el caso, tienen prioridad sobre ellos.

 

Jurisdicción

 

t.94.     Son autoridades disciplinarias las siguientes:

 

-                    El árbitro (cf. t.96);

 

-                    El Directorio Técnico (cf. t.97, o.56-o.62);

 

-                    El EC IWF y su(s) delegado(s);

 

-                    El Comité Ejecutivo del IPC en los Juegos Paralímpicos (cf. t.98);

 

-                    El Comité Ejecutivo de la IWAS

 

Véanse también las Normas Disciplinarias de los Estatutos y Reglamentos de la IWF y de la IWAS.

 

Principios en los que se basa la jurisdicción

 

t.95.1   Cualquier decisión que tome una autoridad disciplinaria estará sujeta a apelación a una autoridad disciplinaria de orden superior, pero únicamente en primera y última instancia.

 

2.                        Las decisiones sobre cuestiones de hecho no están sujetas a apelación (cf. t.122.1/2).

 

3.                        Una apelación contra una decisión suspende tal decisión únicamente cuando el asunto pueda ser juzgado inmediatamente.

 

4.                        Todas las apelaciones deben acompañarse de un depósito de garantía que ha de ser especificado por cada una de las autoridades disciplinarias. Este depósito puede ser confiscado en beneficio de la IWF si se rechaza la apelación y se considera que ha sido hecha con evidente falta de fundamento, temeridad o mala fe. Esta decisión será tomada por la autoridad disciplinaria encargada de resolver la apelación. Sin embargo, las apelaciones contra las decisiones de los árbitros no tiene que acompañarse del citado depósito de garantía (cf. t.122).

 

El árbitro

 

t.96.1   El árbitro es responsable no sólo de la dirección de los asaltos, la concesión de los tocados y la comprobación del equipamiento, sino también del mantenimiento del orden durante los asaltos que arbitre (cf. t.35.2.i).

 

2.                        En su función como director de los asaltos y de encargado de reconocer y, si es el caso, conceder los tocados, se encarga de amonestar, sancionar y penalizar a los tiradores. Se encarga asimismo bien de negarse a conceder un tocado que el tirador de hecho ha realizado sobre el adversario, o bien a conceder un tocado que de hecho el tirador no ha sufrido. También puede excluir a los tiradores de la competición. Todo lo cual debe hacerlo, según las circunstancias, con o sin previo aviso. En estos casos, y si se trata de una cuestión de hecho, las decisiones del árbitro son irrevocables (cf. t.122.1/2).

 

3.                        Debido al derecho de jurisdicción que el árbitro tiene sobre los esgrimistas que participan o están presentes en una competición en la que está arbitrando, puede también proponer al Directorio Técnico la expulsión de un espectador, entrenador o instructor o de cualquier otra persona que acompañe a los tiradores (cf. t.114, t.118, t.120).

 

4.                        Por último, el árbitro puede también recomendar al Directorio Técnico que imponga cualquier sanción que considere oportuna (expulsión de la competición, suspensión o descalificación). (cf. t.97.3).

 

5.                        El Directorio Técnico, junto con el delegado de la IWF (árbitro), son las autoridades competentes para ocuparse de las apelaciones contra las decisiones de los árbitros. En caso de empate, el delegado (árbitro) de la IWF tendrá la última palabra.

 

El Directorio Técnico en las competiciones oficiales de la IWF (cf. o.56-o.62)

 

t.97.1   El Directorio Técnico tiene jurisdicción sobre todos los esgrimistas que participen o estén presentes en una competición oficial organizada por la IWF.

 

2.                        Cuando sea necesario, puede intervenir a iniciativa propia en cualquier conflicto que se plantee.

 

3.                        Es también responsable de mantener el orden y la disciplina durante las competiciones, y puede imponer las sanciones y penalizaciones contempladas en el Reglamento.

 

4.                        Se encarga de enviar directamente al IWF EC y a la sede central de la IWAS los justificantes de las sanciones impuestas durante las competiciones, así como cualquier propuesta de censura, suspensión, ampliación de las sanciones o suspensión permanente, además de las peticiones de apelación en última instancia.

 

5.                        El Directorio Técnico hace efectiva cualquier sanción o penalización contra la cual no quepa el recurso de apelación o que no esté sujeta a suspensión (cf. t.95).

 

6.                        Las decisiones que el Directorio Técnico toma espontáneamente o por derecho propio (como primer nivel de autoridad disciplinaria) están sujetas a apelación ante el IWF EC.

 

7.                        Todas las decisiones del Directorio Técnico se cumplirán inmediatamente. Ninguna apelación presentada contra estas decisiones puede suspender su ejecución durante el transcurso de la competición.

 

El Comité Ejecutivo del IPC en los Juegos Paralímpicos (Olimpiadas)

 

t.98.     El Comité Ejecutivo del Comité Paralímpico Internacional (IPC, según sus siglas en inglés) es el árbitro final en todos los conflictos de carácter no técnico que pudieran surgir durante la celebración de los Juegos Paralímpicos. Puede intervenir bien por propia iniciativa o bien a petición de un comité paralímpico nacional, de la IWF y/o IWAS o del Comité Organizador.

 

El Comité Ejecutivo de la IWF (IWF EC)

 

t.99.1   Todos los asuntos disciplinarios enviados a la IWF por una federación nacional, un Directorio Técnico o cualquier otra institución competente con ocasión de la celebración de una competición oficial de la IWF serán dirigidos al IWF EC y a la sede central de la IWAS. La IWAS, a su vez, los enviará al organismo competente.

 

2.                        La IWF y la IWAS, dentro de los límites de los territorios sobe los que la IWAS tiene jurisdicción, entenderán de todas los asuntos disciplinarios dirigidos a la IWF, y se ocuparán de todas las apelaciones presentadas contra las decisiones tomadas por un Directorio Técnico o por los delegados del IWF EC.

 

3.                        En los casos urgentes, el IWF EC puede tomar las medidas administrativas que considere oportuno para la suspensión de la licencia de la persona encausada de acuerdo con los establecidos en el Código Disciplinario. Véase el Código Disciplinario en los Estatutos y Reglamentos de la IWF y de la IWAS.

 

CAPÍTULO 3. SANCIONES

 

Clasificación de las sanciones

 

t.100.   Hay diferentes categorías de sanciones aplicables a los diferentes tipos de infracción (cf. t.114ss).

 

1.                        Las sanciones relacionadas con la práctica de la esgrima, que son aplicables a las infracciones cometidas por los tiradores durante los combates. Son las siguientes:

 

                 negativa a conceder un tocado que el tirador realmente ha conseguido

 

                 concesión de un tocado al adversario que de hecho el tirador no ha sufrido

 

                 exclusión de la competición

 

2.                        Las sanciones disciplinarias aplicables a las infracciones relacionadas con el mantenimiento del orden, la disciplina y la deportividad. Son las siguientes:

 

-                    concesión de un tocado al adversario que de hecho el tirador no ha sufrido

 

-                    exclusión de la competición

 

-                    exclusión de la totalidad del torneo

 

-                    expulsión del recinto en el que se está realizando la competición

 

-                    descalificación

 

-                    censura

 

-                    multa

 

-                    suspensión temporal

 

-                    suspensión permanente

 

t.101.   1. Todas estas sanciones, excepto la suspensión permanente, pueden ser impuestas por las autoridades disciplinarias competentes (el árbitro y el Directorio Técnico) durante la competición.

 

2.                        La suspensión temporal pueden ser aplicada por las autoridades disciplinarias citadas en el apartado 1 sólo en el caso de que el tirador se niegue a realizar el saludo protocolario (cf. t.87.3, t.120).

 

Sanciones relacionadas con la práctica de la esgrima

 

Negativa a conceder un tocado que el tirador realmente ha conseguido

 

t.103.   Aunque un tirador haya conseguido un tocado sobre el adversario, el tocado puede no ser concedido, bien debido a que no se produjo dentro del periodo de tiempo durante el cual se permite la esgrima o bien debido a un fallo en el sistema eléctrico de registro. También puede deberse a que el tocado ha sido conseguido con violencia o por cualquier otra razón de las que se contemplan en este Reglamento (cf. t.18.1/3, t.20.2/3, t.21.2/4, t.22, t.26, t.27, t.32.2, t.41.2, t.45.3, t.53.3, t.60.2/6, t.66.1, t.67.1, t.68, t.70.3, t.73.1-4, t.80, t.87.2, t.96.2, t.114.2, t.120).

 

Concesión de un tocado al adversario que de hecho el tirador no ha sufrido

 

t.104.   A un tirador se le puede reconocer un tocado contra él que de hecho no ha sufrido debido a que cometió una infracción que ha impedido al adversario practicar la esgrima normalmente (por ejemplo, ha utilizado la mano no armada mientras combatía) (cf. t.120).

 

Exclusión

 

t.105.1 El tirador que durante la práctica de la esgrima realice ciertas acciones violentas o de carácter vengativo contra el adversario, no combata a su máxima capacidad o se beneficie de un acuerdo fraudulento con el adversario puede ser excluido de la competición.

 

2.                        El tirador que ha sido excluido de la competición no puede seguir participando en la competición en cuestión, incluso si ya se ha clasificado para la siguiente fase. Pierde el derecho al puesto que haya conseguido en la clasificación individual, y todos los tiradores que estuvieran por detrás de él suben un puesto en la tabla clasificatoria. Si fuese necesario, los dos terceros puestos se decidirán de acuerdo con su posición en la clasificación para la composición de la tabla. En cualquier circunstancia, sólo los tiradores que hayan recibido realmente puntos pueden moverse un puesto hacia arriba en los resultados de la competición.

 

No obstante, los puntos que el tirador había obtenido hasta el momento de su exclusión siguen siendo válidos para la clasificación del su equipo (cuando se trate de una competición por equipos), siempre y cuando el tirador excluido participe realmente en dicha competición como miembro de un equipo.

 

Sanciones de carácter disciplinario

 

Exclusión de la competición

 

t.106.1 La exclusión de la competición puede ser impuesta como sanción también debido a una infracción de tipo disciplinario (no hacer acto de presencia en la pista cuando lo solicita el árbitro, armas que no se ajustan al Reglamento, actitud censurable hacia un juez, etc.).

 

2.                        Las consecuencias que dicha exclusión tiene para el tirador son las mismas que las del Artículo t.105 (véase más arriba).

 

Exclusión de la totalidad del torneo

 

t.107.1 Torneo es el nombre que se da a una serie de competiciones, ya sean individuales o por equipos, que se celebran en un mismo lugar, dentro de un periodo de tiempo determinado y bajo los auspicios de la misma institución u organismo.

 

2.                        El tirador que sea excluido de la totalidad del torneo no podrá participar a partir de ese momento en ninguna de las competiciones que componen el torneo, ya sea con la misma arma o con otra.

 

3.                        Cuando se impone esta sanción, debe examinarse una por una las posiciones de cada uno de los miembros del equipo, y los miembros del equipo, de acuerdo con las circunstancias que se den en cada caso, pueden recibir diferentes sanciones (cf. t.90.2).

 

Expulsión del recinto en el que se está realizando la competición o el torneo

 

t.108.   Todos las personas, sean o no tiradores, que participan o están presentes en una competición (instructores, entrenadores, técnicos, directivos, aficionados, espectadores) pueden ser expulsados. Tal expulsión conlleva la prohibición de acceder al recinto durante todo el tiempo que dure la competición o el torneo

 

(cf. t.93, t.106.3, t.120). Bajo ninguna circunstancia, esta sanción da derecho a una reparación o compensación económica.

 

Descalificación

 

t.109.1 La descalificación de un tirador (por ejemplo, debido a que no cumple las normas con respecto a la edad o referentes a la calificación exigida en una determinada competición) no implica necesariamente que sea suspendido de forma temporal o permanente, siempre y cuando haya actuado de buena fe. No obstante, pueden solicitarse sanciones complementarias si se descubre que el tirador ha actuado fraudulentamente.

 

2.                        Si un equipo ha incluido a un tirador que es descalificado, el equipo incurre automáticamente en la misma infracción y, por tanto, queda también descalificado.

 

3.                        Las consecuencias de la descalificación son las mismas que las de la exclusión de la competición (véase el Artículo t.105).

 

Censura

 

t.110.   En los casos en los que una sanción más grave no esté justificada, el tirador o directivo pueden ser sancionados con una censura.

 

Suspensión temporal

 

t.111.1 El tirador que haya sido suspendido no puede participar en ninguna competición oficial de la IWF durante el tiempo que dure la suspensión.

 

2.                        Las demás personas que no sean tiradores que sean suspendidas se verán imposibilitadas a ejercer sus funciones dentro del límite temporal y geográfico que se establezca en el momento de imponer la sanción.

 

Suspensión permanente

 

t.112.   La suspensión permanente tiene las mismas consecuencias que la suspensión temporal, pero estas consecuencias son de carácter permanente.

 

Publicidad de las sanciones

 

t.113.1 El Directorio Técnico está obligado a informar al IWF EC y a la sede central de la IWAS sin demora alguna de las sanciones que se han aplicado durante la Competición así como de las razones de las mismas.

 

2.                        En los Juegos Paralímpicos, el Directorio Técnico debe actuar como asesor del IPC a través del Comité Organizador.

 

CAPÍTULO 4. SANCIONES Y AUTORIDADES DISCIPLINARIAS COMPETENTES

 

Tipos (grupos) de sanciones

 

t.114.1 Hay tres grupos de sanciones que se aplicarán en los casos previstos en la Tabla del Artículo t.120. Si un árbitro tiene que sancionar a un tirador que ha cometido varias infracciones al mismo tiempo, deberá sancionar en primer lugar la menos grave.

 

2.                        Las sanciones son acumulativas y válidas para todo el asalto, a excepción de aquellas que se penalicen con una TARJETA NEGRA, ya que estas sanciones conllevan la exclusión de la competición y la suspensión para el resto del torneo y para las dos siguientes competiciones en la misma arma.

 

No obstante, el equipo que sea excluido del torneo debido a que el árbitro le ha mostrado una TARJETA NEGRA a uno de los miembros del equipo no será excluido como equipo de las siguientes competiciones, pero el tirador que ha sido penalizado no puede ser seleccionado para formar parte del equipo en las siguiente competiciones.

 

Ciertas infracciones pueden dar lugar a la anulación del tocado conseguido por el tirador que ha cometido la infracción. Durante el asalto, sólo se pueden anular los tocados que estén relacionados con la infracción (cf. t.120).

 

3.                        Las sanciones son las siguientes:

 

a)                Amonestación (advertencia). El árbitro muestra la TARJETA AMARILLA al tirador que ha cometido la infracción. A partir de ese momento, el tirador sabe que cualquier otra infracción que cometa dará lugar a un tocado de penalización.

 

b)                Tocado de penalización. El árbitro muestra la TARJETA ROJA al tirador que ha cometido la infracción. Se añade un tocado a la puntuación del adversario, y, si está en juego el último tocado, esto puede provocar la pérdida del asalto. Por otro lado, una TARJETA ROJA sólo puede seguirse bien de otra TARJETA ROJA o bien de una TARJETA NEGRA, dependiendo de la naturaleza de la segunda infracción (cf. t.120).

 

c)                Exclusión de la competición, suspensión durante lo que queda de torneo y durante los dos meses siguientes de la temporada, ya sea la que está en curso en ese momento o la siguiente, o expulsión del reciento en el que se está celebrando la competición (aplicable a cualquier persona que perturbe el orden de la competición). El árbitro muestra la TARJETA NEGRA a la persona que ha cometido la infracción.

 

4.                        Todas las amonestaciones (TARJETAS AMARILLAS), tocados de penalización (TARJETAS ROJAS) y exclusiones (TARJETAS NEGRAS) deben hacerse constar en la hoja de registro del asalto del eliminación directa, del asalto de sin eliminación directa o del match, señalando el grupo al que pertenece cada infracción.

 

Competencia

 

t.115.   Las infracciones y sus correspondientes sanciones que aparecen en los diferentes artículos de este Reglamento se resumen en la Tabla del Artículo t.120. Se dividen en cuatro grupos (cf.116-t.119). Todas estas sanciones son competencia del árbitro, si bien el Directorio Técnico se reserva el derecho de intervenir por propia iniciativa (cf. t.97.1-3).

 

Primer grupo de infracciones

 

t.116.   La primera infracción perteneciente a este primer grupo se sanciona mediante una amonestación (advertencia), para lo cual el árbitro mostrará una TARJETA AMARILLA al infractor. Si durante el mismo asalto el tirador comete la misma infracción u otra perteneciente a este grupo, el árbitro le mostrará en cada ocasión una TARJETA ROJA, lo que implica un tocado de penalización. Si el tirador que ha cometido la infracción ya ha sido sancionado con una TARJETA ROJA debido a que incurrió en una infracción perteneciente al segundo o tercer grupo, recibirá otra TARJETA ROJA por la primera infracción del primer grupo que cometió.

 

Segundo grupo de infracciones

 

t.117.   Todas las infracciones del segundo grupo, incluyendo la primera infracción que se cometa, se sancionan con una TARJETA ROJA (tocado de penalización).

 

Tercer grupo de infracciones

 

t.118.1 La primera infracción perteneciente al tercer grupo que cometa el tirador se sanciona con una TARJETA ROJA (tocado de penalización), incluso cuando el tirador que ha cometido la infracción ya ha recibido con anterioridad una TARJETA ROJA debido a una infracción del primer o del segundo grupo.

 

2.                        Si durante el mismo asalto el tirador comete la misma u otra infracción del tercer grupo, será sancionado con una TARJETA NEGRA (exclusión de la competición, suspensión para lo que queda del torneo y durante los dos siguientes meses de la temporada, ya sea la que está en curso en ese momento o la siguiente).

 

3.                        Cualquier persona que no se encuentre en la pista que perturbe el orden de la competición será sancionada:

 

a)              Con una TARJETA AMARILLA (amonestación) si es la primera vez que comete la infracción. Esta amonestación tendrá validez durante toda la competición, y debe anotarse en la hoja de registro del asalto que el Directorio Técnico debe supervisar y guardar.

 

b)              Cuando la misma persona cometa la infracción por segunda vez durante la misma competición, el árbitro le mostrará una TARJETA NEGRA (expulsión del recinto en el que se está celebrando la competición).

 

4.                        En los casos más graves relacionados con la falta de orden y la perturbación del normal desarrollo de la competición, ya sea en la pista o fuera de ella, el árbitro puede excluir o expulsar inmediatamente a la persona que está cometiendo la infracción.

 

Cuarto grupo de infracciones

 

t.119.   La primera infracción del cuarto grupo se sanciona con una TARJETA NEGRA (exclusión de la competición, suspensión para lo que queda del torneo y para los dos siguientes meses de la temporada, ya sea la que está en curso en ese momento o la siguiente).

 

No obstante, si un equipo es excluido del torneo debido a que el árbitro ha mostrado una TARJETA NEGRA a uno de sus miembros, no será excluido como equipo de las siguientes competiciones, pero el miembro del equipo que ha sido sancionado no podrá ser seleccionado para formar parte del equipo en las siguientes competiciones.

 

Tabla de infracciones y sanciones

 

t.120.   Véase la TABLA DE INFRACCIONES Y SANCIONES en la página siguiente.

 


Tabla de infracciones y sanciones

 

 

 

Continúa en la Tabla siguiente

 

*Anulación del tocado conseguido por el tirador que ha cometido la infracción.

 


 

Tabla de infracciones y sanciones (continuación)

 

 

 

*Anulación del tocado conseguido por el tirador que ha cometido la infracción.

 

TARJETA AMARILLA = Amonestación (aviso) válido para el asalto con independencia de si hay uno o varios encuentros. Si el tirador comete una infracción del primer grupo después de haber sido sancionado con una TARJETA ROJA por la razón que fuere, el árbitro le mostrará otra TARJETA ROJA.

 

TARJETA ROJA = Tocado de penalización.

 

TARJETA NEGRA = Exclusión de la competición, suspensión para lo que queda de torneo y para los dos meses siguientes de la temporada, ya sea la temporada en curso en ese momento o la siguiente. El árbitro sólo mostrará la TARJETA NEGRA para sancionar la infracción del tercer grupo si anteriormente el esgrimista ha cometido una infracción del tercer grupo (señalada mediante una TARJETA ROJA).

 

(1)                     Expulsión del recinto en el que se está celebrando la competición. (2) En los casos más graves, el árbitro puede excluirle o expulsarle inmediatamente. (3) Suspensión para lo que queda de la competición que se está celebrando y para las dos siguientes competiciones de la IWF en el arma en cuestión. El tirador o equipo mantendrá los puntos y títulos conseguidos hasta el momento de cometer la infracción.

 

CAPÍTULO 5. PROCEDIMIENTO

 

Principio básico

 

t.121.   Las diferentes sanciones son impuestas por las autoridades disciplinarias competentes, que tomarán las decisiones correspondientes siempre de forma imparcial y equitativa, teniendo en todo momento en cuenta la gravedad de la infracción y las circunstancias en la que esta se ha producido (cf. t.94ss, t.114ss, t.124ss).

 

Protestas y apelaciones

 

Contra las decisiones del árbitro

 

t.122.1 No se pueden presentar apelaciones contra la decisión de un árbitro sobre una cuestión de hecho (cf. t.95.1/2/4, t.96.2).

 

2.                Si un tirador infringe este principio, arrojando dudas sobre la decisión del árbitro sobre una cuestión de hecho durante el transcurso de un asalto, será sancionado de acuerdo con lo establecido en el Reglamento (cf. t.114, t.116, t.120). No obstante, se puede contemplar la posibilidad de presentar una apelación de este tipo si el árbitro claramente demuestra desconocer una regla determinada, la malinterpreta o la aplica de forma contraria al Reglamento.

 

3.                Este tipo de apelaciones debe presentarlas:

 

a)                en las competencias individuales, el tirador;

 

b)                en las competiciones por equipos, el tirador afectado o el capitán del equipo. La apelación debe presentarse con educación y buenos modos pero sin formalismos. Debe hacerse verbalmente al árbitro inmediatamente y siempre antes de que se tome una decisión con respecto al siguiente tocado.

 

4.                Si el árbitro mantiene su opinión a pesar de la apelación, el Directorio Técnico tiene competencias para resolver la cuestión (cf. t.97). Si se consideras que la apelación es injustificada, el tirador será sancionado de acuerdo con lo establecido en los Artículos t.114, t.116 y t.120.

 

Otras protestas y apelaciones

 

t.123.1 Las quejas y protestas deben hacerse por escrito sin dilaciones, y deben dirigirse al Directorio Técnico.

 

2.                        Las protestas sobre la composición de la primera ronda de los Campeonatos del Mundo y de los Juegos Paralímpicos sólo se pueden hacer hasta las 7 p.m. del día anterior al inicio de la competición (cf. o.10).

 

Investigación – Derecho de defensa

 

 

t.124.   No se puede imponer una sanción hasta que se haya realizado una investigación, en el curso de la cual las partes interesadas tiene que ser convocadas para dar su versión de lo ocurrido, bien verbalmente o bien por escrito, dentro de un intervalo de tiempo razonable que sea apropiado al momento y lugar. Una vez. que este intervalo de tiempo haya expirado, la autoridad disciplinaria competente puede imponer la sanción.

 

Método para la toma de decisiones

 

t.125.   Las decisiones de las autoridades disciplinarias de las competiciones se toman por mayoría, y, en caso de empate, el presidente tiene voto de calidad.

 

Reincidencia

 

t.126.1 En el caso de las infracciones en materia disciplinaria, orden y deportividad, se considera que un esgrimista comete la misma o una nueva infracción distinta a una infracción contra las reglas que regulan los asaltos si la comete dentro de los dos primeros años de haber sido censurado, excluido, descalificado o suspendido.

 

2.                        En caso de reincidencia, se impondrán las siguientes sanciones:

 

a)               Exclusión de la competición, si la infracción anterior se sancionó con una censura.

 

b)               Descalificación sin posibilidad de participar en lo que queda de torneo, si la infracción anterior se sancionó con descalificación o exclusión de una competición. Véase también el Código Disciplinario en los Estatutos y Reglamentos de la IWF y la IWAS.

 

CAPÍTULO 6. CONTROLES ANTIDOPAJE

 

t.127.a)        El dopaje está prohibido por la IWF y la IWAS. Cualquier violación de está prohibición será sancionada disciplinariamente.

 

b)                El dopaje se define como la violación de una o más normas de las Reglas Antidopaje de la IWAS.

 

c)                La IWF y la IWAS han firmado el Código Antidopaje de la World Anti-Doping Agency (WADA). Las Reglas Antidopaje de la IWAS se basan en las “Modelos de Buena Práctica” de la WADA, e incorpora en su totalidad las “cláusulas obligatorias” del documento antes citado. La IWF y la IWAS también han incorporado en su integridad el documento de la WADA titulado “Clases prohibidas de sustancias y métodos no permitidos”.

 

d)                La IWF/IWAS se reservan el derecho de realizar controles antidopaje durante las competiciones; es decir, en cualquier competición organizada bajo el control de estas instituciones, así como fuera de la competición.

 

e)                Los deportistas que participen en las competiciones de la IWF se comprometen a respetar las normas antidopaje de la IWAS, así como a no consumir sustancias prohibidas y a no utilizar métodos no permitidos. Además, se comprometen a someterse a los controles antidopaje, tanto dentro de la competición como fuera de ella.

 

f)                  Los detalles sobre los controles antidopaje en la competiciones oficiales de la IWF y fuera de la competición pueden encontrarse en las Reglas Antidopaje de la IWAS.

 

g)                Las sanciones y las consecuencias de las sanciones que se impongan debido a la violación de las normas antidopaje son las que se establecen en las Reglas Antidopaje de la IWAS.

 

h)                Los tiradores que infrinjan estas normas estarán sujetos a los procedimientos que se establecen en las Reglas Antidopaje de la IWAS. La publicación de los resultados de las pruebas antidopaje y de las decisiones tomadas con respecto a la aplicación de las sanciones a las que hubiere lugar corresponde a la IWAS, que es el único organismo autorizado a notificar los resultados y las posibles sanciones a las federaciones miembro.

 

i)                   Se tendrán en cuenta las violaciones de las normas antidopaje sancionadas en un país miembro de la IWAS, y las sanciones serán aplicadas por todos los países miembro de la IWAS.

 

j)                   La modificación de las Reglas Antidopaje de la IWAS es competencia únicamente de la IWAS.